REFORMA LABORAL

marianog

Nuevo miembro
¿la reforma laboral ya ha entrado en vigor?  Para los despidos objetivos a partir del día 17 de junio sólo hay que preavisar con 15 días? y si no se da el preaviso pagar sólo 15 días??
Gracias
 

CrisFM

Miembro
Madre mía.

en el próximo mes el INEM no va a dar a basto.

Marianog, mátalo, que parezca un accidente y te saldrá gratis
 

marianog

Nuevo miembro
Son treinta y pico hojas. Pero las primeras las pasaré de largo (exposición de motivos). Son paja.

A disfrutar¡¡¡¡¡
 

marianog

Nuevo miembro
Con el abono del Fogasa de 8 días de indemnización, el empresario pagaría en los despidos por las causas previstas en los artículos 51 y 52:

CONTRATO INDEFINIDO ORDINARIO O DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA  PROCEDENTES:      12  DIAS
CONTRATO INDEFINIDO ORDINARIO  RECONOCIDO O DECLARADO IMPROCEDENTE:                                    37  DIAS
CONTRATO DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA RECONOCIDO O DECLARADO IMPROCEDENTE:    25  DIAS

Claro que como se exige que el contrato haya tenido una duración superior  a 1 año, y es para los nuevos contratos que se firmen, como mínimo hasta el 18 de junio de 2011  "res de res". 
 

CrisFM

Miembro
De lo que se deduce lo siguiente:

Si te despido con 11 meses de antigüedad son 41,25 días

Para eso me espero a que cumplas 12 meses y un día y te pago 37.

Ole, ole y ole

Y ole

Por cierto FOGASA = españolitos que cotizan.
Osea que el despido se lo pagamos entre todos al los pobres empresarios
 

Pedro G

Miembro
marianog dijo:
Con el abono del Fogasa de 8 días de indemnización, el empresario pagaría en los despidos por las causas previstas en los artículos 51 y 52:

CONTRATO INDEFINIDO ORDINARIO O DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA   PROCEDENTES:      12   DIAS
CONTRATO INDEFINIDO ORDINARIO  RECONOCIDO O DECLARADO IMPROCEDENTE:                                    37   DIAS
CONTRATO DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA RECONOCIDO O DECLARADO IMPROCEDENTE:    25   DIAS

Claro que como se exige que el contrato haya tenido una duración superior  a 1 año, y es para los nuevos contratos que se firmen, como mínimo hasta el 18 de junio de 2011  "res de res". 

Artículos 51 y 52: despido colectivo y despido por causas económicas. Por lo tanto, excluidos de entrada los 45 días y mis dudas respecto a los 33.
 

marianog

Nuevo miembro
Porque vas a excluir los 45 dias y dudas de los 33?
La D. Transitoria 3ª dice que la indemnización se calculará en función de la extinción que se trate y de su calificación judicial o empresarial. Por lo que da a entender que en los improcedentes de contratos indefinidos ordinarios o de fomento el FOGASA también abona 8 días.
 

Pedro G

Miembro
A mayor abundamiento sobre el tema, en la exposición de motivos se dice claramente que quedan excluidos del pago por el Fogasa de los 8 días los despidos disciplinarios.
 

Pedro G

Miembro
Vale, vale. O sea, que se trataría de hacer una pequeña trampilla. Despido objetivo, reconocimiento de improcedencia, depósito y a pedir el trabajador los 8 días al FOGASA. Era más fácil cambiar la indemnización, pero bueno...

 

marianog

Nuevo miembro
Exacto. Vamos a pasar de despido disciplinario por bajo rendimiento reconociendo la improcedencia del despido,  a

despido objetivo con 15 días de preaviso (y si no los pagas), reconociendo la improcedencia del despido. Si el contrato era

indefinido ordinario al empresario le sale bien, y si era de fomento pues genial.

Supongo que los 8 días los pedirá el trabajador al FOGASA.
 

elchuske

Miembro conocido
y que pasa cuando el despido es por causas economicas ??? tambien despido objetivo??? improcedencia y 37 dias ???  pues a mi entender que casi todos los despidos es por causas economicas este decreto no ha solucionado nada y menos a las empresas que mas lo necesitan , las que tienen dificultades
 

Pedro G

Miembro
A ver, para este viaje no hacían falta tantas alforjas. Lo del FOGASA es efectivo a partir de un año, por lo que será efectivo en junio de 2011. Por otro lado, el día 1 de enero de 2012, el Gobierno tiene que haber puesto en marcha el sistema de fondo de capitalización.

En definitiva, esta medida será efectiva durante seis meses. :eek:
 

marianog

Nuevo miembro
Como ahora parece ser que los requisitos para defender la procedencia de los despidos por causas económicas son menores, quizás valga la pena en muchos casos en los cuales antes ni se te ocurría, intentar defender la procedencia del despido.
Del texto de la reforma laboral parece desprenderse que ya no es necesario que hayan pérdidas y que estas  sean continuadas. Quizás ahora con la bajada notable de  beneficios  sin llegar a pérdidas sea suficiente. Pero claro tendremos que ver lo que opinan nuestros Tribunales al respecto. Tiempo al tiempo.
 
Arriba