Buenas Tardes.
Hoy una inspectora nos ha hecho un requerimiento, en el que dice que el Anexo II que marca el Convenio Colectivo Estatal de Construcción debe de ser comunicado al SEPE. Intento razonar con ella ya que los últimos Anexos de contratos que hemos intentado registrar en el SEPE nos han dicho que no hace falta
A lo que esta tras intentar razonar con ella y exponerle la Contrariedad de Criterios, nos dice que se lo pasaron en una circular de inspección de trabajo hace ya tiempo.
me causa duda, ya que lo único que estamos registrando a través de Gescontrat@ de forma Online.
Alguien sabe si Tanto este Anexo, como las Novaciones, Subrogaciones de Contrato, etc... han de comunicarse al SEPE? Si tenéis algún Criterio técnico de Inspección de trabajo al respecto o sabéis donde encontrarlo os lo agradecería
Muchas Gracias de Antemano.
Un Saludo.
Hoy una inspectora nos ha hecho un requerimiento, en el que dice que el Anexo II que marca el Convenio Colectivo Estatal de Construcción debe de ser comunicado al SEPE. Intento razonar con ella ya que los últimos Anexos de contratos que hemos intentado registrar en el SEPE nos han dicho que no hace falta
A lo que esta tras intentar razonar con ella y exponerle la Contrariedad de Criterios, nos dice que se lo pasaron en una circular de inspección de trabajo hace ya tiempo.
me causa duda, ya que lo único que estamos registrando a través de Gescontrat@ de forma Online.
Alguien sabe si Tanto este Anexo, como las Novaciones, Subrogaciones de Contrato, etc... han de comunicarse al SEPE? Si tenéis algún Criterio técnico de Inspección de trabajo al respecto o sabéis donde encontrarlo os lo agradecería
Muchas Gracias de Antemano.
Un Saludo.