REGISTRO DE EMPRESAS ACREDITADAS

MEQUOL

Miembro
buenas tardes,
no se si ustedes saben sobre el tema de registro de empresas acreditadas.
el caso es que voy a solicitar el rea a una empresa de construccion y me surgen un par de dudas:
1. para poder solicitar el rea hay que tener trabajadores por cuenta ajena. Pero si una vez que se tenga la inscripcion como empresa acreditada, si se diera el caso de que la empresa tuviera que dar de baja a los trabajadores por el motivo de que ya se finalizó el trabajo, hasta comenzar otra nueva obra, ¿me cancelarian la inscripcion durante el periodo que no tuviera a los trabajadores dados de alta?
2. Por otro lado, en la empresa a la que voy a inscribir el rea, tenemos a un trabajador por cuenta ajena pero al 25% de jornada. ¿ hay algun problema en cuanto a la parcialidad de la jornada? ¿se exige un minimo de jornada del trabajador a tiempo parcial???
Ya me comentan si supieran sobre este tema
mil gracias.
 

Saralaboral

Miembro activo
Me suena que si solo tenías un trabajador tenía que ser jornada completa, por una conversación con ellos hace años.
Si entras en la web hay un teléfono de contacto y la verdad que te atienden muy bien.
 

pajarillo

Miembro conocido
Si solo hay 1 trabajador, debe ser indefinido a jornada completa (por indefinido, es válido un indefinido adscrito a obra)
Si la empresa deja de tener trabajadores, la inscripción no se anula ni nada, yo tengo empresas con plantilla muy variable, y no han tenido problema en décadas con el REA. Eso sí, en el momento de la renovación si debe tener trabajadores.
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, el REA te lo concede tu CCAA (en mi caso, Cataluña). Nada dice la ley en cuanto a mínimos de jornada y aquí nos lo dan siempre. Ahora bien, la ley dice que hay que tener suficiente infraestructura material y humana para que te concedan el REA y, claro, aquí puede estar el problema si tienes un solo trabajador a tiempo parcial. No es que haya mínimos, porque si eres una subcontratista pequeñita puedes tener el trabajador a tiempo parcial, entiendo yo. El único problema puede venir con que no te den la autorización REA por no tener la infraestructura adecuada o bien un inspector que te sancione en el futuro por lo mismo.
 

pajarillo

Miembro conocido
En nuestra CCAA, si solo hay un trabajador de alta, te piden un ITA para comprobar que sea indefinido a jc.
 
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