En cumplimiento de la letra h) del RD Ley 16/2013 se establece que la jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto de las ordinarias como de las complementarias en sus distintas modalidades.
Me surje una duda para aquellos trabajadores que tienen su contrato a tiempo completo con reducción de jornada por guarda legal, ¿durante el tiempo que esté con reducción de jornada estamos obligados a llevar el registro de horas? Gracias.
Me surje una duda para aquellos trabajadores que tienen su contrato a tiempo completo con reducción de jornada por guarda legal, ¿durante el tiempo que esté con reducción de jornada estamos obligados a llevar el registro de horas? Gracias.