La verdad que como dice Nikki es un poco caótico. Cada uno lo ve o interpreta de una manera.
Esta misma tarde he asistido a un seminario de dicho tema con un inspector de trabajo en excedencia, además de explicar dicha ley, intentar hacer algún ejemplo práctico con el Excel que han sacado. Y por comparar lo que han dicho con el tuyo;
"Tomar como referencia el año 2.020 completo"
En esto coincide, se toma como referencia el año natural. Lo que la inspección puede pedir es 2020...y 2019 si quiere. Aunque no cree que sea el caso habitual.
"Los trabajadores con contratos temporales inferior a 100 días a lo largo del año 2020 no deben reflejarse en el registro
Tampoco los trabajadores que han estado en erte y no han pasado 100 días en su actividad en ese año, en caso que sobrepasen esos 100 días, se registran como si hubieran estado en alta normal todo el año"
En esto no coincide. No ha hecho ninguna referencia a ningún limite. Ha comentado que se refleja el tiempo que ha estado y lo que ha cobrado, haya estado en ERTE o su contrato haya sido menor de un año.
"Solo hay que normalizar al 100% de la jornada los salarios a tiempo parcial"
En este caso de la ponderación-normalización de los trabajadores que están a T/P, ha incidido varias veces que no es obligatorio dicha normalización, ni los trabajadores a T/P ni los que no estén durante todo el año. Lo que pide es el total-media-mediana.
Si debido a que hay diferentes tipos de jornada y hay diferencia, ante la inspección se podrá justifica dicha diferencia por este motivo.
En el propio Excel ha enseñado que existe la opción de normalizar salarios y contratos menores de un año. Ha comentado que ya es opción de la empresa/asesoría normalizar esos apartados .
"Las bajas médicas se registran como si no las hubieran tenido"
No se ha pronunciado exaxtamente sobre eso, pero ha comentado que se pone lo que efectivamente se ha cobrado, no lo que podría o habría cobrado (Era una cuestión sobre los ERTE)
Alguna cuestión interesante e importante que reseñar del seminario, es que ha comentado que los informes que están sacando los programas mayoritarios a los que ha tenido acceso, no son los correctos, pues lo desglosa por Salario Base-Comp.Salarial-Comp.Extrasalarial.
Y realmente dentro de los complementos salariales y extrsalariales hay que especificar cada concepto y no agruparlos. (Más trabajo...)
Sobre el Excel, me ha dado la sensación que para empresas de muy muy poquitos trabajadores y que no haya variaciones puede ser llevadero. Pero en el momento de empresas con bastantes trabajadores, variaciones, ERTE, etc... puede ser un buen dolor de muelas.
Solo queda esperar y ver como evoluciona esto...pero lo que tengo claro que más quebradero de cabezas y volumen de trabajo.