REHABILITACION MUTUA, TIEMPO DE TRABAJO?

AL1978

Miembro conocido
Buenos Días:
Una consulta. El año pasado un trabajador estuvo de baja por dolor en el hombro que fue catalogado como enfermedad profesional.
El trabajador tiene dolores nuevamente, pero no está de baja y va a la MUTUA todos los días 1 hora en horario de trabajo a rehabilitación. Al parecer y según la MUTUA no hay disponibilidad de otro horario.

Esta hora. Se considera tiempo de trabajo efectivo o puede la empresa exigir al trabajador que la recupere?


Muchas Gracias, compañeros

 

Ro

Miembro activo
Yo vería, antes de contestar,  el convenio. Y si no dice nada,  entiendo que al ser debido a una enfermedad profesional se debe considerar hora efectiva de trabajo.
 

Mr. White

Miembro activo
Salvo que el Convenio establezca lo contrario, no hay permiso retribuido para rehabilitaciones.

Al final o se está para trabajar o no se está (IT), pero estas medias tintas y guarrerías de las mutuas de dar el alta a medias, trasladando un coste a la empresa que no debe soportar (tampoco el trabajador) son de traca y un abuso.

 

AL1978

Miembro conocido
MUCHAS GRACIAS MÁQUINAS, por si sirve de ayuda

Os cuento porque he estado en la mutua y os trasmito lo que me han dicho.

Secundan la contestación de RO.

" El dolor actual viene determinado por una enfermedad profesional anterior y las jornadas de rehabilitación están prescritas por la Mutua en base a esa enfermedad Profesional, con la diferencia que la Mutua no estima que sea necesaria la baja" . Por todo ello y en base a que se trata de un tratamiento prescrito por la Mutua y derivado de una EP se considera tiempo de trabajo"

Esta situación no se podría dar derivada de EC.


 

FERNANDO

Miembro conocido
Y en qué se basa la mutua para decir que es hora de trabajo efectivo (si nada dice el convenio, claro)?
 

Mr. White

Miembro activo
Una tierna historia de la Mutua. Además que qué te van a decir ellos, que son parte interesada en que no haya baja ni pagar prestación...

Que te digan donde (ley, reglamento, orden,...) se recoge que por ser enfermedad profesional hay que dar rehabilitación en horas de trabajo, así aprendemos todos.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Exacto.
La mutua es parte interesada. La baja la paga ella, el tiempo de rehabilitación no (pero, ojo!, parece que los gastos de desplazamiento en principio sí, al menos durrante la baja, a ver si con este matiz pretenden tambien ahorrarse ese posible coste) y para colmo le trasladan el mensaje al trabajador de que ese tiempo debe asumirlo la empresa como tiempo efectivo de trabajpo, sacnadose de la manga algo que temo no esté contemplado en ninuna norma.

Saludos
 

fundación

Miembro conocido
Ya, pero si en este caso fuera factible dar alta y baja el mismo día por EP, ese día lo pagaría la empresa completo.
 

PEDRO

Miembro conocido
Retomo este hilo pues se me acaba de producir un caso igual y quería someterlo a vuestra opinión.

Una trabajadora tiene un accidente NO laboral, una vez de alta médica, la envían a rehabilitación al hospital teniendo que ir en horas de trabajo. Esto supone un trastorno para la empresa, que me pregunta si tiene que concederle el permiso. Miro el convenio colectivo, el cual establece lo siguiente:

- "Por el tiempo necesario y debidamente justificado para asistir el trabajador a consulta médica".

Me siembra al duda y buscando el "san google" me encuentro esto en otro foro laboral:

"La visita al fisioterapeuta da derecho al trabajador a permiso retribuido, y así lo entendió la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de 1 de diciembre de 2005, recoge:

“El Convenio Colectivo de la Corporación demandada establece como supuesto de permiso retribuido el necesario para asistir a consultas médicas. Pues bien, se quiera o no es lo cierto que la trabajadora lo que viene haciendo es precisamente asistir a sesiones de rehabilitación por prescripción médica o facultativa, ateniéndonos a una interpretación literal de la norma, tal y como propugna el recurrente. Desde luego el hecho de que las sesiones se lleven a efecto por médico, fisioterapeuta, ATS o cualquier profesional dedicado a la asistencia sanitaria no cambia su origen, tal y como se pretende.”

Por ello, entendemos que el trabajador podrá solicitar un permiso retribuido para asistir a las sesiones de fisioterapia, siempre que exista prescripción médica o facultativa.

En caso contrario (si no existe prescripción médica o facultativa), entendemos que el trabajador deberá acudir a dichas sesiones fuera de su jornada laboral, o solicitar una licencia sin retribución o de asuntos propios".

La pregunta es ¿la empresa tiene que concederle las horas o no?.

Un saludo y gracias
 

Mr. White

Miembro activo
Es un TSJ, salvo que la empresa sea de Extremadura no la haría el más mínimo caso.

En mi opinión una consulta es una consulta y un tratamiento es un tratamiento por lo que no veo que legalmente tenga ese permiso.

A mayores debería justificar por qué tiene que ser dentro de la jornada y no fuera, dice "por el tiempo necesario y debidamente justificado".

Yo intentaría llegar de todas formas a un acuerdo, no merece la pena tirar de leyes y jurisprudencia para ese tipo de asuntos: X horas que sean dentro de la jornada y le das el permiso y X horas que sean fuera y vayan de su parte. Y aquí paz y luego gloria.
 

PEDRO

Miembro conocido
Gracias Mr. White, al final siempre es posible un acuerdo y en eso estamos. El problema es que la seguridad social ya sabes como es, "no tengo otras horas para darte la rehabilitación, o lo tomas o lo dejas", no teniendo en cuenta las circunstancias del trabajador y de la empresa. Ellos no tienen esos problemas, van a cobrar si o si a finales de mes.
Un saludo y gracias.
 
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