REMISION PARTE DE BAJA, DIRECTAMENTE A LA EMPRESA

africallora

Miembro conocido
El próximo 1 de abril entra en vigor una importante modificación que servirá para simplificar los trámites relacionados con las bajas por enfermedad (Incapacidad Temporal (IT). A partir de esa fecha, el facultativo que expida el parte médico de baja, confirmación o alta entregará a la persona trabajadora tan sólo una copia del mismo y no será necesario que la persona trabajadora tenga que trasladar una copia de ese parte a la empresa que lo podrá descargar del Fichero INSS Empresas.

El nuevo sistema funcionará así: el Servicio Público de Salud, mutua o empresa colaboradora remitirá los datos contenidos en los partes médicos de baja, confirmación y alta al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por vía telemática.

Una vez recibida esa información, las empresas podrán consultar los datos a través del Fichero INSS Empresas. Cuando la empresa o el empleador no tenga obligación de incorporarse al Sistema RED, las comunicaciones se realizarán por correo ordinario y por SMS. Esta información estará disponible también en la sede electrónica de la Seguridad Social

Las empresas, por su parte, tienen la obligación de remitir al INSS, en un plazo máximo de tres días hábiles y a través del Sistema RED, los datos económicos del parte médico de baja. De este modo, las empresas ya no tendrán que transmitir al INSS los datos económicos contenidos en los partes de confirmación y de alta, simplificando también estos procesos.

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PS. El video lo ha hecho la hija de cuatro años de un funcionario encabronado de CASIA, paciencia.. ;)
 
Última edición:

Miryam

Nuevo miembro
Osea, que entiendo yo que tenemos que adivinar que el trabajador está de baja y meternos nosotros a comprobarlo. ¿He entendido bien?
 

IMC

Miembro activo
A nosotros en Febrero, con la baja de una trabajadora por IT, nos llegó el FIE al día siguiente y la mutua nos envió correo comunicándonos la variación en la situación del trabajador: Baja IT
 

Leovigildo

Miembro activo
De forma automática yo me meto en el IDC del trabajador. Con Régimen Agrario o del Mar, hacen siempre lo que quieren con las fechas.
 
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