Renta cliente en estimación objetiva

jotas

Miembro
Buenos días compañeros/as,

tengo un cliente que es vendedor de mercadillos ambulantes. Le estoy haciendo su renta en el apartado de información para rellenar en la pregunta:

¿Ejerce la actividad en un solo local o sin él ? (S/N). Para mí es SI, porque no tiene local, va de pueblo en pueblo y un puesto de mercado para mi no es un local.

He visto las rentas anteriores que le hacía su anterior asesor y ponía NO a esa pregunta.

¿Qué opináis vosotros? Porque no sé que poner finalmente. Hay una diferencia importante en el resultado final de su renta si pongo SI.

Gracias de antemano.
 

VILA100

Miembro conocido

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125656-ÍNDICE C.INICIO NUEVAS ACTIVIDADES: LOCAL DEDICADO EXCLUSIVAMENTE​


  • Pregunta​


  • Contribuyente que inicia actividad de transporte de mercancías por carretera en el régimen de Estimación Objetiva al no ejercer la actividad en un local dedicado exclusivamente a la misma ¿Puede aplicar el índice corrector por inicio de nuevas actividades?
  • Respuesta​


  • Sí. Siempre que se cumpla el resto de los requisitos que deben concurrir para aplicar el mencionado índice.
    El cumplimiento de que la actividad se ejerza en un solo local dedicado exclusivamente a la misma, debe entenderse desde una perspectiva que trata de delimitar la aplicación del índice reductor, exigiendo una separación espacial con respecto a otras actividades que pudiera venir desarrollando el contribuyente. Por ello, en la actividad de transporte de mercancías por carretera no puede hablarse en sentido literal de local, sino que se exige que la actividad se desarrolle con total independencia de otras actividades que se pudieran desarrollar por el contribuyente.
  • Normativa/Doctrina​

  • Consulta de la D.G.T. 1890 - 2001 , de 22 de octubre de 2001
  • Instrucciones 2.3 Fase 3 b.4) del Anexo II. Ordenes Ministeriales
 
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