renta familia numerosa

jotas

Miembro
Buenas, un cliente que trabaja pero su mujer no. Tienen los dos derecho a la deducción por familia numerosa. Ella no le ha cedido el derecho a él.

Hacen la renta conjunta. Cuanto tendría derecho la familia a la deducción por familia numerosa, a los 1200€ o solo a los 600€ que le corresponde al hombre que ha cotizado.

Agradezco vuestra ayuda.
 

Carlos80

Miembro
Hola, creo que sólo tiene derecho a la mitad, la otra a la mujer y si no cotiza pues pierda esa opción. Es cierto que a mi me ha pasado un caso similar al tuyo y hacienda en el borrador pone que el marido tiene derecho a toda la deducción . Yo hablé con el cliente para que supiera y que quería hacer por si en el futuro hacienda le pide devolver la mitad.

No sé que opinaran otros compañeros.
 

Ignatius

Miembro activo
Entiendo que la solución es que en la Renta Conjunta, la mujer marque que cede el derecho. El hombre marcas que acepta la cesión. Y entonces, se aplican los 1.200 €.
Llevo varios años aplicando de esta manera, y nunca he tenido problemas. La verdad, asusta un poco marcar esas casillas para que que aparezcan los - 1.200 €, pero es una deducción que se puede ceder.
Incluso en algún supuesto, EL tiene deuda con la AEAT, ELLA no tiene deuda alguna; he cedido los -1.200 a ELLA, en declaraciones individuales, y la AEAT ha devuelto a ELLA los 1.200 €
 

luca2020

Miembro
Esta tarde he tenido un caso igual. Declaración conjunta, ella no trabaja, el hombre es autónomo y sale que él se puede deducir los 1200€ y no deja la opción de ceder por parte de la mujer ( hago esa renta directamente desde la página de la AEAT). Por lo tanto no voy a tocar nada. Si hacienda pone que tiene el derecho a los 1200€ lo dejo asi
 

luca2020

Miembro
Ignatuis, y lo de ceder a otra persona no haria falta hacerlo oficial en la Consejería de servicios sociales o donde sea em cada comunidad? Hacerlo así en la declaración podría igual en un futuro tener problemas?
 

Ignatius

Miembro activo
Ignatuis, y lo de ceder a otra persona no haria falta hacerlo oficial en la Consejería de servicios sociales o donde sea em cada comunidad? Hacerlo así en la declaración podría igual en un futuro tener problemas?
No hay que hacerlo de forma oficial porque es una opción, que este ejercicio puedes ejercer, y otro no.
Por eso en la Declaración, al acceder a la deducción, donde están los datos de cotización, etc, están las pestañas de "ceder" y "recibe cesión", tanto en contribuyente como en cónyuge
 

Arturo39

Miembro
Pero si por ejemplo: La Mujer no trabaja ( por lo tanto no ha cotizado para generar esa deducción) y el marido si, y en el borrador de los dos pone:
Numero de beneficiarios de familia numerosa: 2. ( Es decir el marido y ella)

Entonces aunque la mujer le ceda al marido , si ella no ha cotizado no podrá cederle la mitad de esa deducción ? Solo podría el hombre recibir 600€ ? Qué piensan los compañeros sobre esto?

La verdad es que que tengo un par de casos este tema y también me ha entrado la duda, si poner los 1200€ o solo 600€
 

Ignatius

Miembro activo
La respuesta la tienes en las familias numerosas que tienen el cobro anticipado, mes a mes, 100 € x 12 M = 1.200 €.

Y en muchos de esos casos, puede que conozcas alguno (la mayoría de familias numerosas tienen el cobro anticipado, no la deducción en Renta), uno trabaja, y cobra los 100 €/mes; y el otro, no trabaja. Y se cobran 1.200 €

Diría que esta confusión, y anotaciones de solo 600 € en Fam Numerosas en las que SOLO trabaja 1 de los cónyuges (el ejercicio completo), está proporcionando elevados ahorros de devolución a la AEAT

Informa​


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137166-CESIÓN DEL DERECHO A DEDUCCIÓN​


  • Pregunta​

  • ¿Pueden ambos progenitores cederse el derecho a la deducción por familia numerosa?
  • Respuesta​

  • Los posibles beneficiarios de una deducción por familia numerosa pueden cederse entre si el derecho al cobro de la misma en su totalidad ya sean matrimonio, hermanos huérfanos de padre y madre, tutores o acogedores.
    La cesión de este derecho se puede realizar:
    1- presentando una solicitud de pago anticipado de forma colectiva, en este caso se entiende cedido el derecho a favor del primer titular.
    2-En el momento de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta . El ejercicio de dicha cesión en los cedentes deberá ser expresa. En el caso del cesionario, se presume la cesión al incluir este en su renta el importe total de la deducción.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
para aplicar 1200 uno de ellos tiene que haber cesion expresa, tuve un caso asi hace 2 años y aeat no me lo aceptaba de forma tacita(uno ponia 1200 y el otro 0). Pero el requisito de esta prestacion es estar en activo, si la.mujer no trabaja entiendo no cumple el requisito
 

Carlos80

Miembro
Nikki_sp , y la cesión expresa valdría con ponerla en la declaración de este año, marcando la casilla de que la mujer cede al su marido es suficiente?
 

Carlos80

Miembro
Pero claro , como dices si no trabaja la mujer, no puede ceder nada porque no cumple el requisito, pero tambien se podria entender,:

no trabajo pero tengo derecho a esa deduccion por lo que lo cedo a mi marido que si trabaja , Cómo lo veis ?
 

Nikki_sp

Miembro conocido

Reglas especiales para el cálculo de la deducción cuando se ceda el derecho​

Cuando se lleve a cabo la cesión, a efectos del cálculo de la deducción, se aplicarán las siguientes reglas especiales:

  1. El importe de la deducción no se prorrateará entre ellos, sino que se aplicará íntegramente por el contribuyente en cuyo favor se hubiera cedido la deducción.
  2. Se computarán los meses en que cualquiera de los contribuyentes que tuvieran derecho a la deducción cumpla los requisitos.
 

Elena-Z

Miembro activo
Yo, desde que salió esto, si uno trabaja y otro no, el que no trabaja cede en la declaración el derecho al que sí trabaja, y ese cobra los 1200 euros. Me da igual en familia numerosa o en descendientes con discapacidad.

Nunca ningún problema.
 
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