Renuncia atrasos

Raquelcs

Miembro activo
Buenos días
¿se puede negociar con los trabajadores renunciar a los atrasos de convenio? de ser así, ¿se tiene que hacer mediante descuelgue salarial o con un documento firmado por las partes sería suficiente? (renunciar a los atrasos del 2020-2023, en el 2024 se paga según indican tablas salariales)
 

Cachilipox

Miembro conocido
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Estatuto de los trabajadores, Artículo 3.5.

Nota: Ni si quiera el mecanismo de descuelgue serviría, pues en esos casos está previsto para ser de aplicación "de aquí en adelante". Por tanto, no tendría efecto alguno en aquellos salarios ya devengados y no denunciados desde 2020 a 2023. Y a mayor abundamiento, si en 2024 sí están aplicando la escala salarial del convenio, es totalmente contradictorio descolgarse de un convenio que por otra parte reconoces y respetas.
 
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Raquelcs

Miembro activo
Ya, lo sé, pero son planteamientos que me hacen... el caso es que es una empresa de muchos trabajadores que va siempre muy justa y tener que pagar los atrasos de 4 años de golpe les va a suponer prácticamente la quiebra y necesitamos opciones.
 

EstefaníaMJ

Miembro activo
Ya, lo sé, pero son planteamientos que me hacen... el caso es que es una empresa de muchos trabajadores que va siempre muy justa y tener que pagar los atrasos de 4 años de golpe les va a suponer prácticamente la quiebra y necesitamos opciones.
Van a venir a lincharme pero bueno, lo asumo :ROFLMAO:... Como asesores nuestros clientes son las empresas y no los trabajadores, por lo que tenemos que mirar por el bienestar de la empresa aunque más de uno saquen las uñas.

El trabajador no puede renunciar, pero si que puede negociar con la empresa cobrarlo más adelante o "a plazos". Otra opción que es la más cruel es pagarlo y despidos objetivos con causa económica.

Por lo general si la empresa es buena y los trabajadores se sienten bien en ella, suelen saber cual es la realidad de la empresa y siendo eso cierto van a hacer todo lo posible por la empresa.
 

IVO

Miembro activo
Yo diria que renunciar no pueden renunciar a ello, otra cosa es como dice Estefania que negocien cobrarlo a plazos para no suponer un problema economico a la empresa (aunque luego se tendra que imputar las cantidades al año en el que sean exigibles si se aplaza por años) pero la seguridad social querrá cobrar los atrasos si o si. Suelen tener campañas de atrasos y si no se realizan mandan mails o llaman pidiendo explicaciones de por qué no se han efectuado,
 

Cachilipox

Miembro conocido
Ya, lo sé, pero son planteamientos que me hacen... el caso es que es una empresa de muchos trabajadores que va siempre muy justa y tener que pagar los atrasos de 4 años de golpe les va a suponer prácticamente la quiebra y necesitamos opciones.
Una cosa es el QUE, y otra muy distinta es el COMO.
Una bonita negociación y pacto de pago en cómodos plazos es lo suyo.
Ahora bien, tal y como comentan, el "tercero independiente vinculado" (la TGSS) no participa en la negociación, y no puede ver perjudicados sus intereses.
Por tanto, cotización a la de ya de esos atrasos, y abono de los mismos en cómodos plazos según se pacte y la tesorería permita.
 
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