Pues todo dependerá como dice Nando de la actividad de la empresa para ver si hay concurrencia que implique llevar a cabo coordinación de actividades empresariales... debería consultar con un experto en PRL
Efectivamente, pero no solo de PRL, aunque a menudo le adjudican al técnico de PRL verificar todas las cuestiones de contratas (con o sin concurrencia en el mismo centro de trabajo, detalle relevante a efectos de PRL pero que no lo es respecto a otro tipo de responsabilidades en materia de Seguridad Social, salarial, Hacienda... propia de contratas cuando se trata de "propia actividad").
Es importante diferenciar entre:
- responsabilidades estricamente de PRL: ahí es clave la concurrencia en el mismo centro de trabajo, y a partir de ahí, cuestiones como si se es titular del centro de trabajo, si se contrata (con actividad en el propio centro de trabajo) algo que pueda considerarse como "propia actividad", etc. Las obligaciones en coordinación no serán las mismas si se trata de mera concurrencia, si se es titular de centro de trabajo, si es empresa principal (que en su centro de trabajo) contrata algo que se corresponde con su "propia actividad" (de hecho, son responsabilidades y/u obligaciones que se van acumulando, según el tipo de concurrencia que se da en cada caso.
Para ello nos vamos a la LPRL y al RD 171/2004
- y luego están las obligaciones y responsabilidades ya a nivel de Seguridad Social, salarial y otras de índole laboral (información a la RLPT...) que contempla el art. 42 ET, además de las relativas a Hacienda (normativa fiscal).
Y en este caso concreto, y por el tipo de "anomalía" reportado ("sin papeles"), estoy pensando básicamente y de momento, en el art. 42 ET y esto entiendo debe ser una cuestión de los responsables del tema laboral.
Saludos