REPRESENTACION DE TRABAJADORES

AL1978

Miembro conocido
Buenos días:
A ver como podemos actuar en éste caso porque no me ha tocado nunca.
EMPRESA CON 23 TRABAJADORES.
Existía RLT que causó baja voluntaria en la empresa el pasado Febrero. La empresa avisó al sindicato en cuestión y se puso en conocimiento de todos los trabajadores la nueva situación mediante comunicación en el tablón de anuncios de la empresa.
Estamos en Junio y los trabajadores no quieren saber nada y el sindicato ni está ni se le espera.

Estaría la empresa incumpliendo la norma de obligación de tener representante de los trabajadores?
Cómo puede actuar la empresa en un caso así? ¿Está legitimada para convocar elecciones?

Un saludo y gracias
 

fundación

Miembro conocido
Buenos días:
A ver como podemos actuar en éste caso porque no me ha tocado nunca.
EMPRESA CON 23 TRABAJADORES.
Existía RLT que causó baja voluntaria en la empresa el pasado Febrero. La empresa avisó al sindicato en cuestión y se puso en conocimiento de todos los trabajadores la nueva situación mediante comunicación en el tablón de anuncios de la empresa.
Estamos en Junio y los trabajadores no quieren saber nada y el sindicato ni está ni se le espera.

Estaría la empresa incumpliendo la norma de obligación de tener representante de los trabajadores?
Cómo puede actuar la empresa en un caso así? ¿Está legitimada para convocar elecciones?

Un saludo y gracias

¿Qué obligación tiene la empresa, si la tocaría mirar y callar?
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Existe constancia documental de que el sindicato fue avisado? Existe constancia documental de que los trabajadores no desean nombrar un rlt. Con 23 trabajadores y constando lo anterior documentalmente no creo que la empresa tenga obligación de convocar nada
 

AL1978

Miembro conocido
Gracias por las respuestas. Efectivamente se comunicó por escrito sindicato y a los trabajadores se comunicó a través del tablón de anuncios de la empresa (y ahí sigue el cartel 4 meses después)
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero es que no acabo de ver el que la empresa tenga que hacer algo expresamente en ese sentido (avisar al sindicato, comunicarlo a la plantilla...).
Es que no existe obligación legal de que en cada empresa haya RLT.
Lo que no puede hacer la empresa es entorpecer el que haya RLT, respetar los derechos y garantías de la RLT, etc, pero el que haya RLT o no, es decir, que se promuevan elecciones a delegados de personal o a comité de empresa, corresponde al conjunto de trabajadores, a los sindicatos que tengan la condición de más representativos... no a la empresa.
Y si un RLT dimite de su cargo o causa baja, pues habrá que ver si existe algún suplente. Y si no lo hay, pues un RLT menos, y si resulta que era el único, pues no hay RLT hasta que se vuelvan a promover elecciones.
Y la empresa... pues lo dicho, simplemente no entorpecer el proceso, cuando se lleve a cabo, pero se hay dimisiones, bajas,,, no es problema suyo ni es la empresa la que deba resolverlo.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Opino como Nando. Es más, si no hay ley que diga de que la empresa debe de informar de la marcha de la misma del delegado de personal, cuidado, porque puedes infringir la ley de protección de datos de carácter personal.
 
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