garcia montes
Nuevo miembro
Hola,
¿Alguien me podría dar la referencia legal donde se determina si para saber si cabe comité de empresa o delegados de personal se tiene en cuenta los centros de trabajo o la empresa? El Estatuto habla de empresa o centro de trabajo sin especificar cual prevalece en caso de conflicto.
Para hacerme entender:
Una empresa tiene 1 centro de trabajo con 35 empleados y sus empleados no tienen representación. No lo han solicitado nunca.
Ahora esta empresa ha comprado otra empresa y subrogado legalmente a sus 18 empleados que están otro centro de trabajo. Este nuevo centro de trabajo subrogado sí tenía un delegado de personal.
La pregunta es, ¿ahora se podrían celebrar elecciones en la empresa (ya formada en su globalidad por 18+35 empleados) para nombrar los miembros del comité de empresa? ¿O para el cómputo podría atenerse a cada centro de trabajo?. Es decir, que si sería posible que el centro de toda la vida (con 38 empleados) siguiera sin representación de los trabajadores y que el nuevo centro de trabajo, al tener solo 18 empleados, no le quedara otra que solo tener 1 delegado de personal y no se pudiera juntar con el otro centro de trabajo para intentar formar un comité de empresa.
Muchas gracias
¿Alguien me podría dar la referencia legal donde se determina si para saber si cabe comité de empresa o delegados de personal se tiene en cuenta los centros de trabajo o la empresa? El Estatuto habla de empresa o centro de trabajo sin especificar cual prevalece en caso de conflicto.
Para hacerme entender:
Una empresa tiene 1 centro de trabajo con 35 empleados y sus empleados no tienen representación. No lo han solicitado nunca.
Ahora esta empresa ha comprado otra empresa y subrogado legalmente a sus 18 empleados que están otro centro de trabajo. Este nuevo centro de trabajo subrogado sí tenía un delegado de personal.
La pregunta es, ¿ahora se podrían celebrar elecciones en la empresa (ya formada en su globalidad por 18+35 empleados) para nombrar los miembros del comité de empresa? ¿O para el cómputo podría atenerse a cada centro de trabajo?. Es decir, que si sería posible que el centro de toda la vida (con 38 empleados) siguiera sin representación de los trabajadores y que el nuevo centro de trabajo, al tener solo 18 empleados, no le quedara otra que solo tener 1 delegado de personal y no se pudiera juntar con el otro centro de trabajo para intentar formar un comité de empresa.
Muchas gracias