PREGUNTO: Si mi empresa recuperó la totalidad de trabajadores y comunicó fin y renuncia del ERTE a la Autoridad Laboral con fecha 03/05/2020, ¿sería de aplicación el 100% hasta el 03/05/2020 y el 85% del 04/05 a 31/05? contestar si o no por favor, y si la respuesta es sí, ¿Cual sería el procedimiento? Gracias
Contestación vía telefónica: Si hay derecho a exoneracion aun habiendo comunicado fin del ERTE a la Autoridad Laboral, se procede con Declaracion responsable (059) a fecha de 13/05 (tiene carácter retroactivo), Clave R a los trabajadores a partir del 04/05.
Opiniones?
Contestación vía telefónica: Si hay derecho a exoneracion aun habiendo comunicado fin del ERTE a la Autoridad Laboral, se procede con Declaracion responsable (059) a fecha de 13/05 (tiene carácter retroactivo), Clave R a los trabajadores a partir del 04/05.
Opiniones?