Respuesta SEPE Barcelona para el cambio de suspensión a reducción

Vhaidran

Miembro
Hola!

Os paso una respuesta (con fecha de ayer) del SEPE a una consulta que hice el 20/03/20... referente al cambio de suspensión a reducción de jornada por ERTE... y me respondieron lo siguiente:

Buenas tardes,

Le informamos que, con el fin de agilizar la gestión,  siga las siguientes instrucciones:

1. Modelo "B" de comunicación de baja en prestaciones: para la vuelta a la actividad de los trabajadores.
                      a) En caso de que el trabajador vuelta a estar afectado por el mismo ERE temporal y, siempre que se trate de la misma medida (suspensión o        reducción de jornada), la empresa deberá remitir los períodos de actividad por medio de certific@2
                      b) Si la empresa, ha suspendido el contrato de un trabajador y, decide incorporarle a la actividad con jornada parcial, con porcentaje y, sin        especificar los días que tiene actividad o no, no es necesario remitir los períodos por certific@2 pero, deberán presentar nuevo certificado de empresa y nueva solicitud de prestación por desempleo.

1. Modelo "F" de comunicación de fín de ERE temporal: para comunicar que se ha dado por finalizada la medida de suspensión o reducción, sin posibilidad de vuelta atrás.
                    a) Si han comunicado el FIN del ERE temporal, deberán plantear un nuevo ERE iniciando un nuevo procedimiento administrativo.
                    b) Deberán remitir los 2 modelos con el fin de proceder a la identificación de los trabajadores: el código de cuenta de cotización de la empresa con el número de trabajadores que finalizan el ERE y, por otro lado, los DNI's de dichos trabajadores.
Agradeciendo su colaboración, reciban un cordial saludo
 

Fedayn

Miembro
Muchas gracias!!

Dicen que en el caso de baja total del ERTE hay que enviar los dos modelos cuando en la guía publicada por el SEPE para este fin entiendo que no dice que sea necesario enviar los dos Excel (naranja y verde).

Saludos.
 

BLS

Nuevo miembro
Vhaidran dijo:
Hola!

Os paso una respuesta (con fecha de ayer) del SEPE a una consulta que hice el 20/03/20... referente al cambio de suspensión a reducción de jornada por ERTE... y me respondieron lo siguiente:

Buenas tardes,

Le informamos que, con el fin de agilizar la gestión,  siga las siguientes instrucciones:


1. Modelo "B" de comunicación de baja en prestaciones: para la vuelta a la actividad de los trabajadores.
                      a) En caso de que el trabajador vuelta a estar afectado por el mismo ERE temporal y, siempre que se trate de la misma medida (suspensión o        reducción de jornada), la empresa deberá remitir los períodos de actividad por medio de certific@2
                      b) Si la empresa, ha suspendido el contrato de un trabajador y, decide incorporarle a la actividad con jornada parcial, con porcentaje y, sin        especificar los días que tiene actividad o no, no es necesario remitir los períodos por certific@2 pero, deberán presentar nuevo certificado de empresa y nueva solicitud de prestación por desempleo.

1. Modelo "F" de comunicación de fín de ERE temporal: para comunicar que se ha dado por finalizada la medida de suspensión o reducción, sin posibilidad de vuelta atrás.
                    a) Si han comunicado el FIN del ERE temporal, deberán plantear un nuevo ERE iniciando un nuevo procedimiento administrativo.
                    b) Deberán remitir los 2 modelos con el fin de proceder a la identificación de los trabajadores: el código de cuenta de cotización de la empresa con el número de trabajadores que finalizan el ERE y, por otro lado, los DNI's de dichos trabajadores.
Agradeciendo su colaboración, reciban un cordial saludo

Entonces según esas instrucciones, si el trabajador se reincorpora a su puesto sin cambios, se manda Excel naranja y periodos de actividad. Si después cambia la situación, habiéndolo hecho de esa manera puedes volver a afectarlo en erte otra vez? De las instrucciones yo no entendía eso.
Si no que si no desafectas a todos, hoja naranja del trabajador, pero sin vuelta atrás. La contestación  me hace dudar, o es que no doy mas
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, esto es de locos: modelo verde, para finalización total de ERTE con número de trabajadores. Modelo naranja para sacar a trabajadores individualmente. A qué viene ahora de pedir los dos modelos.
 

Juani

Miembro
Alguien puede enviar un enlace con los modelos verde y naranja?

No me deja acceder a la página del SEPE...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Estos modelos llevan en vigor tres semanas con instrucciones muy claras, que para nada dicen que hay que enviar dos modelos en caso de fin de ERTE.
 

fundación

Miembro conocido
A continuación encontrarás una Guía Básica para la realización de los trámites de BAJAS de las prestaciones de los trabajadores afectados por un ERTE que se van incorporando a la actividad, junto con un modelo de formulario de bajas.

    Guía Básica de BAJA de la prestación de los trabajadores afectados por ERTE. (Formato PDF)
http://www.sepe.es/SiteSepe/contenidos/COVID-19/documentos/Guia-Basica-BAJAS-ERTE.pdf

    Modelo de formulario para la comunicación de BAJAS de un ERTE. (Formato XLSX)
http://www.sepe.es/SiteSepe/contenidos/COVID-19/documentos/Plantilla-BAJA-ERTE-COVID-19.xlsx

Si lo que quiere es comunicar periodos de actividad, con baja y alta en la prestación, deberá hacerlo desde la aplicación certific@2.  Esta plantilla es exclusivamente para comunicar bajas de trabajadores que se incorporan definitivamente a la actividad.

A continuación encontrarás una Guía Básica para comunicar la baja de la prestación de todos los trabajadores afectados por ERTE por finalización de las medidas temporales y el modelo de formulario.

    Guía Básica FIN de un ERTE (Formato PDF)
http://www.sepe.es/SiteSepe/contenidos/COVID-19/documentos/Guia-Basica-FIN-ERTE.pdf

    Modelo de formulario para la comunicación de FIN de un ERTE (Formato XLSX)
http://www.sepe.es/SiteSepe/contenidos/COVID-19/documentos/Plantilla-FIN-ERTE-COVID-19.xlsx
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver: F si finalizan todos

B, si solo unos cuantos.

En mi caso, un CCC habia finalizado un trabajador días antes. Por tanto, hice una B con todos los trabajadores que quedaban, para mayor claridad. Y tiene que valer: estoy indicando los DNIS de los trabajadores que causan baja.

Y periodo de actividad solo si hay intérvalos de trabajo durante el mes, pero si la suspensión dura todos los días, pues nada más que hoja B o F.
 

Juani

Miembro
Muchas gracias Santiago.

Como ninguna empresa me había pedido aún la reincorporación de trabajadores estaba centrada en la preparación de los ERTE ETOP que tengo que presentar antes de que acabe junio...

Entendido que si finaliza parte de la plantilla de las medidas de reducción o suspensión es modelo NARANJA.

Si finaliza toda la plantilla de las medidas es modelo VERDE.

Mi pregunta: si finaliza solo parte de la plantilla pero no de forma total sino que se reincorporan con reducción de jornada y siguen teniendo derecho a desempleo, ademas de cambiar en TGSS y comunicarlo por redsara especificando empresa, ccc, trabajadores afectados, nuevos % de reduccion etc, TENGO QUE ADJUNTAR UN EXCEL???

En relación a si hay que comunicar a la Autoridad Laboral, ayer llamé y me dijeron que todo estaba en el BOE bien claro...lo único que entiendo del BOE es que hay que comunicar cuando la empresa finalice totalmente el ERTE, en caso contrario no.

Muchas gracias!!
 

Sergei

Miembro conocido
Juani dijo:
Muchas gracias Santiago.

Como ninguna empresa me había pedido aún la reincorporación de trabajadores estaba centrada en la preparación de los ERTE ETOP que tengo que presentar antes de que acabe junio...

Entendido que si finaliza parte de la plantilla de las medidas de reducción o suspensión es modelo NARANJA.

Si finaliza toda la plantilla de las medidas es modelo VERDE.

Mi pregunta: si finaliza solo parte de la plantilla pero no de forma total sino que se reincorporan con reducción de jornada y siguen teniendo derecho a desempleo, ademas de cambiar en TGSS y comunicarlo por redsara especificando empresa, ccc, trabajadores afectados, nuevos % de reduccion etc, TENGO QUE ADJUNTAR UN EXCEL???

En relación a si hay que comunicar a la Autoridad Laboral, ayer llamé y me dijeron que todo estaba en el BOE bien claro...lo único que entiendo del BOE es que hay que comunicar cuando la empresa finalice totalmente el ERTE, en caso contrario no.

Muchas gracias!!

IMPRESIONANTE! que "todo estaba en el BOE bien claro" pero no son capaces de confirmarte nada...
 

Vhaidran

Miembro
Juani dijo:
Muchas gracias Santiago.

Como ninguna empresa me había pedido aún la reincorporación de trabajadores estaba centrada en la preparación de los ERTE ETOP que tengo que presentar antes de que acabe junio...

Entendido que si finaliza parte de la plantilla de las medidas de reducción o suspensión es modelo NARANJA.

Si finaliza toda la plantilla de las medidas es modelo VERDE.

Mi pregunta: si finaliza solo parte de la plantilla pero no de forma total sino que se reincorporan con reducción de jornada y siguen teniendo derecho a desempleo, ademas de cambiar en TGSS y comunicarlo por redsara especificando empresa, ccc, trabajadores afectados, nuevos % de reduccion etc, TENGO QUE ADJUNTAR UN EXCEL???

En relación a si hay que comunicar a la Autoridad Laboral, ayer llamé y me dijeron que todo estaba en el BOE bien claro...lo único que entiendo del BOE es que hay que comunicar cuando la empresa finalice totalmente el ERTE, en caso contrario no.

Muchas gracias!!

Yo entiendo por la respuesta que me dieron, que hay que enviar nuevamente el certificado de empresa y nuevamente el excel morado con el inicio de la nueva reducción, especifica en red SARA la situación de cambio, aunque claro, dudo que se lo vayan a leer
 

Juani

Miembro
Vhaidran dijo:
Juani dijo:
Muchas gracias Santiago.

Como ninguna empresa me había pedido aún la reincorporación de trabajadores estaba centrada en la preparación de los ERTE ETOP que tengo que presentar antes de que acabe junio...

Entendido que si finaliza parte de la plantilla de las medidas de reducción o suspensión es modelo NARANJA.

Si finaliza toda la plantilla de las medidas es modelo VERDE.

Mi pregunta: si finaliza solo parte de la plantilla pero no de forma total sino que se reincorporan con reducción de jornada y siguen teniendo derecho a desempleo, ademas de cambiar en TGSS y comunicarlo por redsara especificando empresa, ccc, trabajadores afectados, nuevos % de reduccion etc, TENGO QUE ADJUNTAR UN EXCEL???

En relación a si hay que comunicar a la Autoridad Laboral, ayer llamé y me dijeron que todo estaba en el BOE bien claro...lo único que entiendo del BOE es que hay que comunicar cuando la empresa finalice totalmente el ERTE, en caso contrario no.

Muchas gracias!!

Yo entiendo por la respuesta que me dieron, que hay que enviar nuevamente el certificado de empresa y nuevamente el excel morado con el inicio de la nueva reducción, especifica en red SARA la situación de cambio, aunque claro, dudo que se lo vayan a leer


Muchas gracias por la respuesta. Ahora me viene otra duda....tu respuesta del excel morado entiendo que viene cuando en el art 1.3 párrafo 2º dice "Sin perjuicio de lo anterior, la renuncia por parte de estas empresas y entidades a los expedientes de regulación temporal de empleo o, en su caso, la suspensión o regularización del pago de las prestaciones que deriven de su modificación, se efectuará previa comunicación de estas al Servicio Público de Empleo Estatal de las variaciones en los datos contenidos en la solicitud colectiva inicial de acceso a la protección por desempleo.".

Pero yo comuniqué una incorporación de una trabajadora con contrato suspendido que vuelve con reducción de jornada el 11 de mayo, fecha que no estaba en vigor este RD, y la información que tenía era: comunicar red sara explicando el cambio y modificación inactividad en TGSS.

¿Tengo ahora que volver a enviar el excel al SEPE? Yo creo que quizá lo liaría más aún....


 

Fedayn

Miembro
BLS dijo:
Vhaidran dijo:
Hola!

Os paso una respuesta (con fecha de ayer) del SEPE a una consulta que hice el 20/03/20... referente al cambio de suspensión a reducción de jornada por ERTE... y me respondieron lo siguiente:

Buenas tardes,

Le informamos que, con el fin de agilizar la gestión,  siga las siguientes instrucciones:


1. Modelo "B" de comunicación de baja en prestaciones: para la vuelta a la actividad de los trabajadores.
                      a) En caso de que el trabajador vuelta a estar afectado por el mismo ERE temporal y, siempre que se trate de la misma medida (suspensión o        reducción de jornada), la empresa deberá remitir los períodos de actividad por medio de certific@2
                      b) Si la empresa, ha suspendido el contrato de un trabajador y, decide incorporarle a la actividad con jornada parcial, con porcentaje y, sin        especificar los días que tiene actividad o no, no es necesario remitir los períodos por certific@2 pero, deberán presentar nuevo certificado de empresa y nueva solicitud de prestación por desempleo.

1. Modelo "F" de comunicación de fín de ERE temporal: para comunicar que se ha dado por finalizada la medida de suspensión o reducción, sin posibilidad de vuelta atrás.
                    a) Si han comunicado el FIN del ERE temporal, deberán plantear un nuevo ERE iniciando un nuevo procedimiento administrativo.
                    b) Deberán remitir los 2 modelos con el fin de proceder a la identificación de los trabajadores: el código de cuenta de cotización de la empresa con el número de trabajadores que finalizan el ERE y, por otro lado, los DNI's de dichos trabajadores.
Agradeciendo su colaboración, reciban un cordial saludo

Entonces según esas instrucciones, si el trabajador se reincorpora a su puesto sin cambios, se manda Excel naranja y periodos de actividad. Si después cambia la situación, habiéndolo hecho de esa manera puedes volver a afectarlo en erte otra vez? De las instrucciones yo no entendía eso.
Si no que si no desafectas a todos, hoja naranja del trabajador, pero sin vuelta atrás. La contestación  me hace dudar, o es que no doy mas

No, lo de los periodos de actividad entiendo que es si lo desafectas unos días pero vuelve al ERTE. Es lo que pone en la web del SEPE. Ahora bien, sabiendo que los periodos de actividad, de enviarse, informan meses naturales, yo haría esto de los periodos si la desafectación y posterior afectación en el mismo ERTE tiene lugar en el mismo mes natural, de tal manera que el SEPE pueda ver dentro del mismo mes que la persona ha vuelto a quedar afectada. Si vuelve al ERTE al mes siguiente, por ejemplo, entonces sí que Excel naranja y posterior envío de la solicitud colectiva solo por esta persona cuando se reincorpore.

Sergei dijo:
Juani dijo:
Muchas gracias Santiago.

Como ninguna empresa me había pedido aún la reincorporación de trabajadores estaba centrada en la preparación de los ERTE ETOP que tengo que presentar antes de que acabe junio...

Entendido que si finaliza parte de la plantilla de las medidas de reducción o suspensión es modelo NARANJA.

Si finaliza toda la plantilla de las medidas es modelo VERDE.

Mi pregunta: si finaliza solo parte de la plantilla pero no de forma total sino que se reincorporan con reducción de jornada y siguen teniendo derecho a desempleo, ademas de cambiar en TGSS y comunicarlo por redsara especificando empresa, ccc, trabajadores afectados, nuevos % de reduccion etc, TENGO QUE ADJUNTAR UN EXCEL???

En relación a si hay que comunicar a la Autoridad Laboral, ayer llamé y me dijeron que todo estaba en el BOE bien claro...lo único que entiendo del BOE es que hay que comunicar cuando la empresa finalice totalmente el ERTE, en caso contrario no.

Muchas gracias!!

IMPRESIONANTE! que "todo estaba en el BOE bien claro" pero no son capaces de confirmarte nada...

Son la monda los de esta AL  ;D ;D ;D

Vhaidran dijo:
Juani dijo:
Muchas gracias Santiago.

Como ninguna empresa me había pedido aún la reincorporación de trabajadores estaba centrada en la preparación de los ERTE ETOP que tengo que presentar antes de que acabe junio...

Entendido que si finaliza parte de la plantilla de las medidas de reducción o suspensión es modelo NARANJA.

Si finaliza toda la plantilla de las medidas es modelo VERDE.

Mi pregunta: si finaliza solo parte de la plantilla pero no de forma total sino que se reincorporan con reducción de jornada y siguen teniendo derecho a desempleo, ademas de cambiar en TGSS y comunicarlo por redsara especificando empresa, ccc, trabajadores afectados, nuevos % de reduccion etc, TENGO QUE ADJUNTAR UN EXCEL???

En relación a si hay que comunicar a la Autoridad Laboral, ayer llamé y me dijeron que todo estaba en el BOE bien claro...lo único que entiendo del BOE es que hay que comunicar cuando la empresa finalice totalmente el ERTE, en caso contrario no.

Muchas gracias!!

Yo entiendo por la respuesta que me dieron, que hay que enviar nuevamente el certificado de empresa y nuevamente el excel morado con el inicio de la nueva reducción, especifica en red SARA la situación de cambio, aunque claro, dudo que se lo vayan a leer

¿Certificado de empresa por qué? Si no deberían recalcular la prestación sino ajustarla en función del periodo en ERTE. ¿Han especificado si el certificado de empresa debe tener como fecha de suspensión la del cambio de suspensión a reducción y con qué bases?
 
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