Resulta que ahora podemos renunciar a la renuncia del ERTE

FERNANDO

Miembro conocido
Eso dicen. Pues menuda putada: todo para atras.

Entonces, si a 13 de mayo de 2020 no hay nadie en ERTE, ¿Qué hemos de hacer? DR 59, y qué letra marcar en todos los trabajadores que vuelven a la actividad
 
N

Nana

Guest
Todo esto me da dolor de cabeza

Parece una peli de los Hermanos Marx

Jodó, si se renuncia la ERTE, pues chico, has renunciado, no podemos tener leyes de Donde dije digo digo Diego

Es un sinsentido, yo, todo lo renunciado, se queda así

añana, con lo que salga del CM, veré si me da parraque o directamente me tiro por el balcón
 

Darmody

Miembro activo
tengo algún caso que ha renunciado voluntariamente al ERTE, se ha comunicado la renuncia y la propia empresa es la primera que no quiere aplicar más exoneraciones. ¿ahora tampoco se puede hacer eso?
 

FERNANDO

Miembro conocido
En Catalunya sio. Y en España se ha pedido también. a ver si lo conceden el día que les salga de los huevos. Estamos a 16.
 

Saralaboral2

Miembro activo
Yo tengo la impresión que no puedo hacer lo que quiera. Quiero exoneración mientras tenga trabajadores en ERTE, depende de si 1 o más trabajadores ya marca de 58 o 59. Y luego nada.

Lo explicas a la gente y no lo entiende. Ayer esrsba con una amiga y decía que no quería estar en el lugar de los dirigentes pero coño, yo entiendo que lo ue ha pasado es muy fuerte pero ha pasado ya 3 meses!!! Tenía que tener las cosas más claras, estamos dandole vueltas al RD18 un mes entero para interpretar las letras!!! Es muy fuerte. No estamos en un parvulario.
Menos mal que he venido a la playa a des estresarme 😅
 

NOEMI

Miembro conocido
Fijate que no lo veo tan claro, me ha llegado la instrucción de la Generalitat, a mi entender, esto es un criterio de la AL, dicen, vale si quiere usted presente un escrito donde diga que no quería renunciar, pero se ha pronunciado la SS o inspección sobre esto???? si, la SS lo dejó clarísimo en un boletín, si renunció NO puede exonerarse... me parece arriesgado exonerarse... es mi opinión....
 

BLS

Nuevo miembro
Yo también lo veo arriesgado, con este baile de opiniones, casi sigo con mi criterio conservador.
 

FERNANDO

Miembro conocido
He hecho como vosotros: quito la V DR  fuerza mayor, y he visto en el IDC los dos tramos. Así no habrá problema. imagino,¿Verdad?
 

Fedayn

Miembro
Tenéis algún link a la instrucción de la Generalitat o podéis pegar aquí lo que dice?

FERNANDO dijo:
He hecho como vosotros: quito la V DR  fuerza mayor, y he visto en el IDC los dos tramos. Así no habrá problema. imagino,¿Verdad?

Si quitas la V y no pones la R o la S te saldrán dos tramos pero del segundo no te exoneras, verdad? Y con DR 59 a partir del 13 de mayo -si la V la quitas en esa fecha o desde el 1 de mayo- o en la fecha posterior que desafectes.
 

MONICA R

Miembro activo
En la página de Gencat dedicada a los expedientes de regulación de empleo, en preguntas frecuentes la última pregunta es la siguiente:

¿Se puede desistir de la comunicación de renuncia total a un ERTE?
Si, se puede hacer mediante una comunicación de desistimiento a través del buzón de contacto (opción Relaciones laborales. ERTE. Desistimientos de la renuncia total comunicada), rellenando los campos del formulario indicando el código ID de la renuncia total.




https://web.gencat.cat/es/activem/preguntes-mes-frequents/treball-i-empresa/expedients-de-regulacio-docupacio/index.html


 
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