RETA alta familiar en RG

marcox

Miembro
Buenos dias, tras leer en otras converscaiones el tan manido tema de los autonomos que contratan a un familiar, y como ando pez en la tematica pese a que he leido vuestros posts, tengo algunas dudillas.
El tema es una profesional autonoma que quiere contratar a su hija de secretaria o similar. Como no hay convivencia ni dependencia, me queda claro que iria a REGIMEN GENERAL, es asi???? Luego a la hora de hacer alta de la hija sale algun tipo de bonificacion en los Tc's???
saludos
 

Caslaboral

Miembro conocido
Debería ir a régimen general. Y si hay bonificaciones.

Mírate bien las condiciones y exclusiones: Ley 6/2017, disposición adicional séptima.

Saludos
 

toni

Miembro conocido
Inscrito como demandante de empleo y bonificacion de la cuota empresarial por CC 100% durante 12 meses.
 

marcox

Miembro
Inscrito como demandante de empleo y bonificacion de la cuota empresarial por CC 100% durante 12 meses.
Gracias por vuestra ayuda, leidos los articulos, solo me queda una duda, el requisito de mantenimiento de empleo de 6 meses, en el caso que la empleadora sea su primera contratacion ya no ha de cumplirse, esto es si la hija causa baja voluntaria a los 3 meses por ejemplo???
 

Caslaboral

Miembro conocido
Punto tres

3. El empleador deberá mantener el nivel de empleo en los seis meses posteriores a la celebración de los contratos que dan derecho a la citada bonificación. A efectos de examinar el nivel de empleo y su mantenimiento, no se tendrán en cuenta las extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que no hayan sido declarados improcedentes, los despidos colectivos que no hayan sido declarados no ajustados a Derecho, así como las extinciones causadas por dimisión, muerte o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de los trabajadores o por la expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato, o por resolución durante el periodo de prueba.
 
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