RETA O R.GENERAL

Anavale

Miembro activo
el MARIDO de la administradora y socia 100% de la empresa, tiene una pensión por incapacidad. Puede estar en el R.general con un contrato bonificado?
 

PEDRO

Miembro conocido
Autónomos:
  • Quienes ejerzan funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administrador, o presten otros servicios para una sociedad mercantil capitalista, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, siempre que posean el control efectivo, directo o indirecto, de aquélla. Se entenderá, en todo caso que se produce tal circunstancia, cuando las acciones o participaciones del trabajador supongan, al menos, la mitad del capital social.
Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el trabajador posee el control efectivo de la sociedad cuando concurran algunas de las siguientes circunstancias:

- Que, al menos la mitad del capital de la sociedad para la que preste sus servicios esté distribuido entre socios, con los que conviva, y a quienes se encuentre unido por vínculo conyugal o de parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado.
 

Anavale

Miembro activo
Si, es lo que he pensado yo. Hemos cogido esta empresa con el marido en r.general y antes de decirles que no lo veo bien encuadrado, voy a preguntar a ver si al ser pensionista hay algo que no se.....
 

toni

Miembro conocido
Si es pensionista no le van a dar el desempleo, asi que baja voluntaria y au, a no ser que se me escape algo de compatibilidades...
 
Última edición:

Cachilipox

Miembro conocido
y ahora que baja le hago a el en el R. general? baja voluntaria??
Si ya está contratado y de alta en RG, y así se quiere seguir:
"Divorcio ficticio"
"Separación aparente" (para la no convivencia)

Y una vez apañado eso, ya se puede hacer la comunicación de personas vinculadas si tener que falsear la realidad.
 
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