retención extranjero

MONI

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El caso es el siguiente: tengo a un chico extranjero contratado y con permiso de residencia en España. No tiene 180 días cotizados y le están aplicando un 24% de retención en la nómina (cobra 900 euros brutos).

Esto es asi???? legislación???

Muchisimas gracias y me pasen ustedes un muy buen día!!!!!!!!!!
 

PEDROJ

Nuevo miembro
¿Cuándo una persona física se considera residente en España?, y ¿cuándo no residente?

Una persona física es residente en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias:

Que permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español. Para determinar este período de permanencia en territorio español se computarán las ausencias esporádicas salvo que el contribuyente acredite su residencia fiscal en otro país. En el supuesto de países o territorios de los calificados como paraíso fiscal, la Administración tributaria podrá exigir que se pruebe la permanencia en el mismo durante 183 días en el año natural.

Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos de forma directa o indirecta.

Que residan habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de esta persona física. Este tercer supuesto admite prueba en contrario.

No perderán la condición de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, las personas físicas de nacionalidad española que acrediten su nueva residencia fiscal en un país o territorio calificado como paraíso fiscal. Esta regla se aplicará en el periodo impositivo en el que se efectúe el cambio de residencia y durante los cuatro períodos impositivos siguientes.

Por el contrario, una persona física tendrá la consideración de no residente en España cuando no se cumpla ninguno de los requisitos anteriores.
 
N

Nana

Guest
Si es ciudadano de la UE que solicite a su país certificado de residencia fiscal y le podrán aplicar un 19% en vez del 24% (siempre que haya convenio)

Si ves que con el contrato de trabajo actual va a residir más de 183 días, que presente modelo 146 en AEAT con copia del contrato y si hacienda entiende que va a ser residente fiscal, se le aplicará el IRPF general

Un saludo
 
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