Retencion Fijos Discontinuos

CC2019

Miembro activo
Buenas tardes,

En el caso de los trabajadores fijos discontinuos que trabajan solo parte del año, sin fecha cierta, ¿se les aplica el 2% de retención, o el cálculo se haría igual que con los fijos ordinarios?
 
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CC2019

Miembro activo
Igual que los fijos ordinarios
Y si no se sabe bien cuando va a acabar el periodo de actividad, por ejemplo, trabajador que es alta hoy y no se sabe si terminará el 30 de septiembre o más adelante, ¿cómo hago el cálculo? Porque en ese caso, y aún terminando el 30 de septiembre, dado que solo han sido unos meses de actividad entiendo que la retención sería 0.
 

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Miembro activo
Y si no se sabe bien cuando va a acabar el periodo de actividad, por ejemplo, trabajador que es alta hoy y no se sabe si terminará el 30 de septiembre o más adelante, ¿cómo hago el cálculo? Porque en ese caso, y aún terminando el 30 de septiembre, dado que solo han sido unos meses de actividad entiendo que la retención sería 0.
Yo iria regularizando y sobretodo al finalizar la actividad, si por lo que sea ha cobrado un sueldo que requiere retención.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Lo que suelo hacer yo es una estimación del tiempo por exceso. Igual les pongo un mes más de trabajo por si acaso para los cálculos. Y lo del 2% en según que casos también lo hago.
 
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