retribución en especie .premio viaje

alejop

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Buenos Días
A final de año , queremos premiar un trabajador por los buenos informes y mantenimiento  de un cliente de la empresa , con un viaje para el y su pareja , sería para diciembre de 2014 , el viaje tiene un coste de unos 3000 euros + iva aproximado ,  entiendo que como dice la norma ,
" se valoraran por el coste para el empleador , incluidos los tributos que gravan la operación " ,los correcto sería imputar como retribución en especie, durante el ejercicio el coste , los 3000 euros en la nómina de diciembre de 2014 ,
o prorratear 3000 +iva /12 , e incluir en nómina desde Diciembre 2014 a Diciembre 2015.

Ayer me comentaron que lo debía imputar en el mes , pero sobrepaso la base máxima , pero me creo la duda,

Muchas gracias
 

alejop

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Buenos días Fernando y gracias por adelantado

Si es algo puntual , serían 3000 + 21% = 3630 , si lo pongo en la nómina de diciembre supera la base de cotización de 3597,00 , me da miedo ,
por si al mes siguiente tiene una baja , pasa de 1500 de base a 3597 , y que tenga una comprobación . La opción de prorrateo la veo si fuera de enero a diciembre , pero al ser final de ejercicio no lo tengo claro.
En TGSS o Inspeccion o AEAT , donde piensas que me pueden dar una contestación que en caso de tener una comprobación la puede enseñar , gracias 
 

Clo

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Los buenos informes y el mantenimiento del cliente corresponden exclusivamente al mes de diciembre? O corresponde a un trabajo realizado durante más meses/ todo el año? Entiendo que se prorratearía entre los meses  que hizo ese trabajo y consiguió.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente, para cotizar en el mismo mes, todo de una vez (y hasta donde los topes permitan y, como tú mismo indicas, con las repercusiones que también puede tener a nivel de cálculo de prestaciones públicas) has de estar en condiciones de acreditar que se trata de un concepto cuyo devengo no se ha dado más allá de ese mes.
No se trata de que sea un pago o gratificación puntual, se trata de qué remunera y en qué periodo se ha generado el hecho que la justifica.
Otra cosa es que se haga cotizar en un solo mes y nadie repare en ello.
Pero tal como lo explicas, entiendo que se trata de un concepto de devengo irregular o superior al mes y, por tanto, debería cotizar de forma prorrateada y a lo largo de los 12 meses del año natural (aunque, aun no siendo técnicamente correcto, me consta que se suele acpetar el prorrateo en cotizacion a futuro y que para muchos les resulta más práctico, pues te evitas complementarias, justificar el que no haya reclargo , etc.).

Saludos
 

alejop

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Perdón por el retraso muchas gracias , si es un premio que viene dado por los trabajos , durante unos meses ,
evidentemente no se hace todo en un mes  tampoco esta acordado es un detalle que la empresa quiere tener ,
de todas formas  creo que lo prorrateare por doce meses. 
 
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