Retribución en nómina de coche de socio con uso mixto financiado por Leasing

Argi

Miembro conocido
Buenas,
En el caso de un coche comprado por Leasing (por lo tanto, no es propiedad de la empresa) y que usa un socio trabajador tanto para el trabajo, como para fines particulares, ¿cómo aplicáis en nómina ese concepto?
¿Ponéis como retribución en especie el importe total del plazo mensual del préstamo del Leasing, el 50% (al ser autónomo la línea entre trabajo y fin particular es más difusa) el 80% que sería aproximadamente el equivalente a un uso privado de un trabajador en régimen general?

Gracias,
 

Ferinho

Miembro activo
Retribución en especie: 20% de su precio de adquisición (iva e imp de matriculacion incluidos). si es leasing se mantiene de base la del año de en el que se celebro el contrato.

Si después el uso es parcial:
Hay que aplicar al 20% anterior el porcentaje dedicado a usos particulares.
Ojo con el el criterio de hacienda es basarse en la disponibilidad del vehiculo para fines laborales/particulares. Y no en la utilización real del vehículo aunque hay sentencias en contra. Hay que ajustar el máximo, una opción muy prudente es un 80% particular 20% laboral.
 

AL1978

Miembro conocido
Yo utilizo el 80/20 (por pura prudencia)

Retribución en especie: 20% de su precio de adquisición (iva e imp de matriculacion incluidos). si es leasing se mantiene de base la del año de en el que se celebro el contrato.

Es la base que aplico también
 
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