Retribución vacaciones

Silva

Nuevo miembro
Convenio Ind. siderometalúrgica Barcelona.

¿Se debe pagar el plus de trabajos penosos, tóxicos y peligrosos en días de vacaciones?

El convenio dice lo siguiente:

ART. 52.5 Los días de vacaciones serán retribuidos de acuerdo con los conceptos retributivos recogidos en las tablas y anexos del Convenio,salvo pacto en contrario.

44.1 Al personal que realice trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos, deberá abonársele la bonificación señalada en el anexo 4, cuando trabaje jornada completa o cuando sobrepase la media jornada.

El importe de la bonificación aparece en el anexo 4 del convenio.
 

Mr. White

Miembro activo
Entiendo que sí, pero, claro, solo a los trabajadores que cobran ese complemento durante el año, pues como dice el Convenio OIT 132 (art. 7.1): "Durante el período de vacaciones ha de percibirse por lo menos la «remuneración normal o media»"...

 
Arriba