Buenas, ha llegado resolución por parte de la mutua donde indican que el Autónomo debe devolver una cantidad por causar baja antes del 30/06/2020. Es cierto que el trabajador autónomo se dio de baja antes de esa fecha, lo que no logro ver en los requisitos del art. 17 del RD-L 8/2020 que fuese un requisito para cobrar la prestación el permanecer de alta hasta la fecha que ellos indican, según RDL dice que el requisito era estar de alta en el momento de la declaración del estado de alarma, no encuentro nada que diga que se debía mantener el alta como requisito. No se si tenéis algún caso y es así cómo ellos indican...
Gracias
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