Revisión médica aptitud puesto de trabajo

Leovigildo

Miembro activo
Muy buenas, primera vez que me pasa y de ahí que os plantee la consulta.
Trabajador con la función de guarda agrícola, bajo el convenio del campo de Toledo, se le contrata y justo después de 30 días del periodo de prueba, el día 31 causa baja por enfermedad. El tema es que confiesa, que esta enfermedad ya la tenía de antes, con lo cual ahora nos encontramos en la situación de no poder despedirle y a saber cuando le pueden dar el alta.

Mis preguntas son:
¿Se puede hacer una revisión médica previa a contratación o tiene que ser el mismo día o días después de su alta?
¿Quién tiene la facultad de estas revisiones, mutua laboral o empresa de prevención?
En caso de ineptitud para el puesto de trabajo, ¿se le puede motivar la baja con este informe médico?

Muchas gracias por adelantado a todos.
 

anuskillas

Miembro conocido
Las empresas van a tener que ponerse las pilas y acostumbrarse a realizar reconocimientos médicos antes de realizar la contratacion. Mientras esté de baja es intocable. Como el contrato está suspendido a ver si cuando se reincorpore aún está dentro del periodo de prueba. No, no sirve de nada hacerle a posteriori el reconocimiento médico.
 

Sadie

Miembro conocido
Yo los hago previos porque las contratas nos exigen el apto del trabajador para poder entrar en las obras. Eso sí, me pasó esto en una inspección y desde entonces cada vez que se contrata a alguien en la primera nómina les pago una hora extra para retribuir el tiempo empleado en pasar el reconocimiento

 

Leovigildo

Miembro activo
Pues muy agradecido, hablaré con Quirón para ver como afrontamos estos temas en un futuro. Sobre el pago de la revisión sin problema, se lo pago en la nómina.
 
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