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¿Qué es el cese de actividad de autónomos?Autónomos | ¿Cómo se calcula la cuota a pagar con el nuevo sistema?Los autónomos ya disponen de una veintena de planes de pensiones de empleo a los que aportar hasta 5.750 euros
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El Tribunal de Cuentas insta a que miles de autónomos devuelvan hasta 550 millones cobrados en 2020 por cese de actividad.
Rosa María Sánchez
El Tribunal de Cuentas ha detectado numerosos incumplimientos e incidencias en la concesión de las
prestaciones extraordinarias por cese de actividad que se puso en marcha de forma urgente en
marzo de 2020 como medida de ayuda para los autónomos más afectados por
las consecuencias de la pandemia y del confinamiento.
Según el informe publicado este viernes por el organismo, la suma de las ayudas indebidas que pudieron recibir en 2020 unos 300.000 autónomos que no reunían las condiciones exigidas asciende, en principio, a 547,1 millones de euros. El Tribunal recomienda que se inicie el
procedimiento de revisión de las resoluciones provisionales que se adoptaron en 2020 y que, cuando corresponda,
se proceda al reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas. En todo caso, el informe admite que algunas de las irregularidades detectadas por el propio organismo podrían quedar
subsanadas en el proceso de revisión.
A los ojos del Tribunal de Cuentas, esta prestación extraordinaria -que llegó a casi 1,5 millones de autónomos y que supuso más de 5.000 millones de euros en dinero público- resultó eficaz, en la medida en que
logró el mantenimiento en el empleo de los trabajadores autónomos en las circunstancias extremas del confinamiento, que era el fin para el que fue concebida. Sin embargo, el Tribunal subraya que su gestión fue ineficiente, como muestran las incidencias e incumplimientos detectados.
Requisitos incumplidos: 119,5 millones
En primer lugar, el Tribunal de Cuentas explica que, al menos,
125.000 autónomos, que recibieron 119,5 millones de euros en prestaciones por cese, incumplían
requisitos legalmente exigidos, como estar dado de alta en la Seguridad Social o estar al corriente del pago de las cuotas, por ejemplo. Muchos de estos casos también obedecen a incidencias en el procedimiento de reconocimiento, gestión y control de esta prestación (duplicidades e incompatibilidades).
Listado de actividades: 386 millones
En segundo lugar, el organismo ha encontrado que casi el 20% de los beneficiarios, unos 156.000 autónomos, cuya prestación fue reconocida como consecuencia de la suspensión de su actividad tenían asociado un código de la
Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) que no estaba recogido en el listado orientativo de actividades económicas efectivamente suspendidas por las medidas extraordinarias de confinamiento que adoptó el Gobierno en marzo de 2020. El importe neto de las prestaciones percibidas por este colectivo de beneficiarios asciende a más de 386 millones de euros.
El Tribunal de Cuentas admite que, pese a estar dados de alta en
un código de actividad que no figuraba en el listado inicial, todos estos beneficiarios podrían tener derecho a la prestación siempre que se aportase la documentación necesaria para
acreditar la suspensión de su actividad (por ejemplo, el cierre completo de centros comerciales donde estaban ubicadas actividades económicas que no habían sido suspendidas por la legislación). Por ello, este Tribunal considera que debería iniciarse el oportuno
procedimiento de revisión con audiencia a los interesados, con el fin de verificar si la actividad desarrollada por estos beneficiarios se encontraba
efectivamente suspendida en el momento de la solicitud.
Exoneración de cuotas sociales: 41,6 millones
En tercer lugar, el informe ha identificado incumplimientos e incidencias relacionadas con el procedimiento de gestión y control de las exoneraciones de cuotas sociales que afectarían a 69.269 beneficiarios por un importe total de 41,6 millones de euros.
Es difícil saber si se puede producir la suma de todas estas cantidades, pues podría darse el caso de que un mismo beneficiario estuviera en más de un supuesto de irregularidades o incidencias. En todo caso, esa suma llevaría a más de 350.000 autónomos bajo la lupa del Tribunal de Cuentas, por un total de 547,1 millones.
Tres años después
La prestación extraordinaria por cese de actividad de los trabajadores autónomos se puso en marcha el
14 de marzo de 2020 (con el primer
decreto del confinamiento por la pandemia), con efectos
hasta el 30 de junio de ese año.
Por la emergencia sanitaria, social y económica de aquel momento, las
mutuas colaboradoras con la Seguridad Social (MCSS) reconocieron el derecho a esta prestación
de forma provisional, posponiendo a la finalización del estado de alarma la comprobación del cumplimiento de los requisitos necesarios para el acceso a la misma. Sin embargo, a 30 de junio de 2023, tres años después de la finalización del periodo de vigencia de esta prestación, aún no se había iniciado el
preceptivo procedimiento de la revisión de las resoluciones provisionales.
El Tribunal de Cuentas urge a que se aborde de forma acelerada esta revisión, antes de que pueda agotarse
el plazo de prescripción de cuatro años establecido para las prestaciones indebidamente percibidas en el ámbito de la Seguridad Social. E insta a que, en su caso, se ponga en marcha el
procedimiento de reintegro de las cantidades indebidamente percibidas.