REVISION PECATA ¿DEVOLUCIÓN INCORRECTA?

MONICA R

Miembro activo
Buenos días,

un cliente ha tenido que justificar la prestación por cese de actividad de julio a septiembre. Durante 2 días de ese periodo (28 y 29 de julio) estuvo trabajando por cuenta ajena y en la resolución que le ha llegado le piden el reintegro de la prestación por esos días ya que el cese de actividad es incompatible con el trabajo por cuenta ajena. Hasta aquí todo bien, el problema viene con la cantidad que le solicitan que devuelva: 311,34 €.

El autónomo en todo el periodo de julio a septiembre cobró 1.983,24 € en concepto de prestaciones recibidas y 801,81 € como compensación de cotización por contingencias comunes. En total 2.785,05 € o lo que es lo mismo 30,95 € al día. Teniendo esto en cuenta a mi me sale que tendría que devolver por los do días 61,89 € y no los 311,34 € que le piden ¿Hay algo que no estoy viendo?¿En estos casos se devuelve una cantidad mayor por alguna razón?

Estoy de las PECATAS, POECATAS etc hasta el moño.
 

Cachilipox

Miembro conocido
A mi esas cuentas me salen de este cálculo:

Compensación cotización cuota mes de julio (entera): 267,27 €
Devolución prestación económica 2 días de alta: 44,07 €
Total a abonar: 311,34 €

La cosa viene porque la forma ordinaria de cotizar en RETA es por meses enteros. Si incumples 1 día, incumples un periodo entero de cotización/bonificación.
Es discutible, pero la reclamación de la mutua es una interpretación posible.
Y aun es relativamente favorable, pues deja a salvo 28 días de prestación del mes de julio.
 

MONICA R

Miembro activo
A mi esas cuentas me salen de este cálculo:

Compensación cotización cuota mes de julio (entera): 267,27 €
Devolución prestación económica 2 días de alta: 44,07 €
Total a abonar: 311,34 €

La cosa viene porque la forma ordinaria de cotizar en RETA es por meses enteros. Si incumples 1 día, incumples un periodo entero de cotización/bonificación.
Es discutible, pero la reclamación de la mutua es una interpretación posible.
Y aun es relativamente favorable, pues deja a salvo 28 días de prestación del mes de julio.
Gracias Cachilipox,

me estaba volviendo loca haciendo cálculos y no veía de donde salía este valor. Yo también creo que el trabajador no ha salido malparado aunque le pidan esta cantidad y le voy a recomendar que lo acepte no vaya a ser que reclamemos y le quiten los 28 días de julio.
 
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