S.O.S VUELTA A LOS ERTES

tachca

Miembro
Buenos días, he empezado el viernes con maravillosas noticias de clientes :cautious:, un cliente quiere hacer un ETOP y yo ya había borrado de mi mente todo esto....:cry:
Teniendo en cuenta que no sabemos lo que se regulará a partir del 1 de Octubre, mi duda es sobre todo con como lo gestionaríais administrativamente, os comento:
Según parece quieren tener un as en la manga y en un periodo de tiempo en el que hay 253 jornadas, reducir un mínimo de 26 jornadas y un máximo de 126, para mes a mes según vayan viendo el trabajo, ir decidiendo las jornadas que se reducirían (la reducción es de jornadas completas siempre).
De cara al SEPE tengo claro como enviar los periodos de actividad pero de cara a comunicar el ERTE a la Autoridad Laboral, como lo comunicaríais para que sea correcto? Indicando una reducción del 50% que es el máximo que prevén? Porque claro, puede darse un mes que trabajen todas las jornadas pero puede darse otro que estén casi todo el mes suspendidos.... y claro de aquí mi duda a como realizar la comunicación a la AL para no tener problemas....
De cara a seguridad social, también dudo si mensualmente ir indicando el porcentaje de reducción que correspondería, calculado en base a las jornadas de cada mes, lo que supondría un solo movimiento de afiliación, o bien, comunico los días de suspensión, lo que supondría tantos movimientos como días suspendidos (son 200 trabajadores afectados....)Trabajo con A3Nom y me da miedo colapsar el programa si voy metiendo los días suspendidos uno a uno....
Y bueno de la comunicación del calendario de aplicación del ERTE con carácter previo, para la ITSS, ya no os digo nada porque aquí la empresa tendrá que darme una estimación y luego ya iremos enviando modificaciones según vaya cambiando la cosa...
Como lo veis, como lo gestionaríais vosotros?
Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda. 😊
 

Sadie

Miembro activo
Nosotros hicimos un ETOP el año pasado. Como no sabíamos la carga de trabajo que iba a haber , a la AL lo comunicamos así:

La modalidad consistirá en una suspensión de los contratos de trabajo de los trabajadores relacionados, en función de la carga de trabajo.

La empresa podrá recuperar en cualquier momento del expediente a los trabajadores de forma individual o retornarlos a la situación de suspensión según vayan surgiendo nuevas necesidades preavisando.

En caso de que aumentase la carga de trabajo pero no lo suficiente para recuperar a la totalidad de los trabajadores, se incorporaría a los mismos, intentando llevarlo a cabo por turnos, con los límites de la naturaleza del trabajo encomendado en relación con las especializaciones de los trabajadores


En cuanto a TGSS yo iba poniendo la letrita y quitándola cada vez que entraban y salían del ERTE pero en mi caso eran pocos trabajadores.
 
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