SALARIO BRUTO

Ana Maria

Miembro
Buenas tardes,

mi duda es la siguiente. Si planteais una demanda de reclamación de salarios, en el que se reclama nómina en términos brutos y finiquito (con parte proporcional de extras..), ..expresais el salario adeudado con prorrata de pagas extras?hasta ahora así me lo han estimado, pero ahora discrepa mi actual contraria y en ello estamos. Yo entiendo que el salario expresado en términos brutos debe contener la prorrata ya que por ella esta compuesta igualmente y al no realizarse descuento de seg. social. Por otro lado, siendo seguro que el fogasa abone dichos salarios, este tambien calcula su modulo salarial para aplicar los límites y salarios debidos con prorrata de extras..bueno, que opinais?
 

uxio

Nuevo miembro
En primer lugar cuando se reclama salarios se reclama el bruto de la nomina, el salario devengado sin descuentos,  si no incluye la porrata mensual de las pagas en el salario devengado, pues se reclaman la pagas de modo independiente. Cuando el salario debe de ser con pagas es cuando se reclama por despido, pues es el salario es el total de las retribuciones que tiene el trabajador, se suele tomar la base de cotizacion con pagas, por ser lo mas aproximado, pero lo suyo seri el salario percibido por todos los conceptos en un año.

Espero que la respuesta no resulte  tan enredada como la pregunta
 
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