salario especie vehiculo

Caslaboral

Miembro conocido
Hola

Cuando hay una cesion de un vehiculo de la emprea para uso personal del empleado y se paga un renting de dicho vehiculo, la cantidad que hay que poner como especie es ese renting o se debe tomar el valor de venta al publico del coche? (y si fuese este ultimo caso, el calculo es el 20% del coste total del vehiculo entre 12?)

Voy bastante perdido con este tema😓😓

grax!
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Se considera el 20% del valor del vehículo, no la cuota de renting.
Y sobre eso se imputa en función del % correspondiente en uso privativo.
Y creo que hay alguna bonificación para vehículos eléctricos.

Saludos.
 

Caslaboral

Miembro conocido
Se considera el 20% del valor del vehículo, no la cuota de renting.
Y sobre eso se imputa en función del % correspondiente en uso privativo.
Y creo que hay alguna bonificación para vehículos eléctricos.

Saludos.
Si es para uso privado. El vehiculo vale 30000 eur. Lo que pongo en especio cada mes debe ser 500 euros?

Asi estaria bien?
 

fmac

Miembro
Hola, ¿La retribución en especie la actualizais cada año en función del valor de mercado del vehículo si fuese nuevo?
 

fmac

Miembro
Sí pero el valor del vehículo es distinto cada año. Cómo ves, la frase y "si fuese nuevo" me está liando un poco 🫣
 

BELEN

Miembro conocido
Y si el uso es mixto, cómo calculáis vosotros el porcentaje? Yo siempre suelo tener dudas con esto.
Yo les imputo en nómina como pago en especie la parte proporcional de los dias no laborales del año, haciendo una regla de tres, por ejemplo si 365 es a "valor total" - (365-252 dias laborales" es "x valor en especie" . Porque se supone que el uso privado es durante los fines de semana, los festivos y las vacaciones.

El VALOR TOTAL sería el 80% del valor del vehículo.... no todo.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Yo les imputo en nómina como pago en especie la parte proporcional de los dias no laborales del año, haciendo una regla de tres, por ejemplo si 365 es a "valor total" - (365-252 dias laborales" es "x valor en especie" . Porque se supone que el uso privado es durante los fines de semana, los festivos y las vacaciones.

El VALOR TOTAL sería el 80% del valor del vehículo.... no todo.
¿Y entresemana deja el vehículo en el parking de la empresa?
 

fmac

Miembro
Yo les imputo en nómina como pago en especie la parte proporcional de los dias no laborales del año, haciendo una regla de tres, por ejemplo si 365 es a "valor total" - (365-252 dias laborales" es "x valor en especie" . Porque se supone que el uso privado es durante los fines de semana, los festivos y las vacaciones.

El VALOR TOTAL sería el 80% del valor del vehículo.... no todo.
Yo hago proporción horas totales año frente a horas totales laborables año
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Yo hago proporción horas totales año frente a horas totales laborables año
Justo ese es el criterio de Hacienda. Obviamente el resultado es un porcentaje de uso particular muy superior (entorno al 80%) al que corresponde a una ratio 2/7 o 252/365.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
dificil dejar el coche en parking empresa y llevartelo el finde cuando no trabajas
Claro, justo por eso lo pregubtaba, porque, probablemente al finalizar la jornada no deje el vehículo en la empresa y se lo lleve para casa.
Recordemos que, cuando hay un uso mixto (de empresa y particular), y siendo considerada como retribución en especie la proporción de tiempo de uso particular, el criterio de Hacienda es considerar como de uso particular la totalidad del tiempo que tenga el trabajador la disponibilidad de dar al vehículo ese uso, exista o no esa utilización efectiva.
Es decir, si a lo largo de la semana, al finalizar la jornada, el trabajador se lleva el coche a casa, aunque lo deje aparcado y no lo toque hasta que tenga que reanudar su actividad laboral al dia siguiente, para Hacienda está a su disposición, tiene capacidad para hacer uso particular del vehículo, y lo haga o no, esa disponibilidad para hacerlo hay que considerarla a la hora de establecer la proporción o porcentaje que corresponde a uso partivular y, por tanto, supone retribución en especie.

Ya sé que casi nadie lo hace (dejar el coche en la empresa), ni que las empresas suelen imputar ese tiempo como de uso particular, pero más de una inspeccion ha habido consistente en visitar la empresa (el inspector) después del fin de la jornada laboral y comprobar qué coches estan en el parking de la empresa o a disposición de la empresa (no del trabajador).
 
Última edición:

BELEN

Miembro conocido
Yo hago proporción horas totales año frente a horas totales laborables año
Si, ese criterio que utilizas, según la DGT "ha superado, tanto la presunción establecida en el artículo 95.Tres.2ª de la LIVA, como una práctica habitual de las empresas que imputa 5/7 partes como de uso laboral, al considerar que la disponibilidad para fines particulares se limita a los fines de semana" Sin embargo, cabe prueba en cualquier otro sentido, y en la empresa donde aplico el criterio proporcional por dias enteros laborales, los directivos que tienen vehículo lo utilizan para trabajar más allá de las horas meramente laborales, sino también para acudir a visitas comerciales, comidas y reuniones de trabajo, etc. por eso aplicamos el criterio por dias laborales del año.
 
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