Buenas tardes tengo un par de dudas respecto del salario por comisión.
Pongamos que es una relación laboral que se rige por el ET, ¿el sueldo fijo tiene que ser el SMI y luego se puede aumentar por comisiones?, ¿es posible establecer un sueldo fijo de 500 euros y luego mediente comisiones que sea superior al SMI, y si un mes no alcanza el SMI?
Por otra parte, sI fuese una relacion laboral de carácter especial del Real Decreto 1438/1985 y el salario se fijase íntegramente por comisiones, ¿debe de cobrar al menos el SMI o puede cobrar menos?
Pongamos que es una relación laboral que se rige por el ET, ¿el sueldo fijo tiene que ser el SMI y luego se puede aumentar por comisiones?, ¿es posible establecer un sueldo fijo de 500 euros y luego mediente comisiones que sea superior al SMI, y si un mes no alcanza el SMI?
Por otra parte, sI fuese una relacion laboral de carácter especial del Real Decreto 1438/1985 y el salario se fijase íntegramente por comisiones, ¿debe de cobrar al menos el SMI o puede cobrar menos?