Buenos días de nuevo, hemos despedido a un trabajador po haber realizado 2 faltas muy graves,por lo que en el finiquito no se le ha indemnizado por considerar la empresa que es un despido procedente, ayer recibimos la demanda para el acto de conciliación en la que se nos reclaman los salarios de tramitación,me pregunto,esto con la nueva reforma no los habian quitado,que solo hay que pagarlos en caso de readmisión, porfavor que alguien me diga si el juez declara el despido improcedente y la empresa decide no readmitirlo, hay que pagarle salarios de tramitación?
Gracias por vuestra ayuda.
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