Buenas tardes compis,
empresa de hostelería, que ha visto a un trabajador robar las propinas (en las cámaras se ve como en lugar de depositarlas en el bote las mete en su bolsillo), se empeña en aplicar al trabajador sanción de empleo y sueldo por falta muy grave. Consideráis que pudiera ser de aplicación a este caso alguna de las siguientes faltas:
"Artículo 40. Faltas muy graves.
2. Fraude, deslealtad o abuso de confianza en las gestiones encomendadas, así como en el trato con las otras personas trabajadoras o cualquiera otra persona al servicio de la empresa en relación de trabajo con ésta, o hacer, en las instalaciones de la empresa negociaciones de comercio o industria por cuenta propia o de otra persona sin expresa autorización de aquella.
4. El robo, hurto o malversación cometidos en el ámbito de la empresa."
Muchas gracias como siempre,
empresa de hostelería, que ha visto a un trabajador robar las propinas (en las cámaras se ve como en lugar de depositarlas en el bote las mete en su bolsillo), se empeña en aplicar al trabajador sanción de empleo y sueldo por falta muy grave. Consideráis que pudiera ser de aplicación a este caso alguna de las siguientes faltas:
"Artículo 40. Faltas muy graves.
2. Fraude, deslealtad o abuso de confianza en las gestiones encomendadas, así como en el trato con las otras personas trabajadoras o cualquiera otra persona al servicio de la empresa en relación de trabajo con ésta, o hacer, en las instalaciones de la empresa negociaciones de comercio o industria por cuenta propia o de otra persona sin expresa autorización de aquella.
4. El robo, hurto o malversación cometidos en el ámbito de la empresa."
Muchas gracias como siempre,