Se dice se comenta que 750 a los autonomos, pero bueno, son noticias de prensa.
La no presentación de los datos requeridos por la Seguridad Social puede acarrer sanciones de hasta 750 euros. No obsante, la ejecución de dichas multas es todavía dudosa.
Pero por otro lado:
De este modo, el autónomo podría ampararse en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por la cual “los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración”. Por consiguiente, “si la Administración termina sancionando, sería fácil recurrir la sanción y ganarla”, ha sentenciado Piñero.