SANCION REGISTRO RETRIBUTIVO

Julia19

Miembro
Una cosilla, una empresa, con menos de 50 trabajadores, paga menos salario a una trabajadora mujer que tiene más categoría que un hombre que cobra más que ella.
En caso de inspección de registro retributivo, es sancionable, ¿verdad? ¿donde podría ver las sanciones y la ley sobre ello?
 

Caslaboral

Miembro conocido
Tambien dependera de porque ese Sr cobra mas. Si es pot el mero hecho de ser hombre evidentemente es sancionable, si se puede justificar con algo logico (antiguedad en la empresa) pues seguramente no lo sea.

pero raro es, hace mas trabajo-mas importante la mujer y cobra menos? huele...
 
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Julia19

Miembro
La empresa no va bien ultimamente, tiene problemas de pagos, en su momento contrató al chico y le quiso pagar más que convenio porque al empresario le parecia poco.
A la chica la acaba de contratar ahora, es un suponer mío que la paga menos porque economicamente no puede, pero quiero dejárselo todo muy claro.
no controlo bien estos temas porque nunca he tenido una situación así.
según la comparativa mensual, me sale una base de cotización para la chica de 2238,76 y el chico 2468,89. Según esto no supera 25%
 

PEDRO

Miembro conocido
Hola, estoy preparando el registro de una empresa (es mi primera vez) y me aparece este aviso. Efectivamente con el mismo nivel salarial los hombres cobran un complemento y una retribución salarial superior a la de las mujeres ¿Me podéis decir donde se debe incluir esa justificación? ¿Hay dentro de la hoja un apartado donde se pueda explicar la causa o hay que hacer un informe aparte?
Nota: la justificación es que los dos hombre cobran mas porque son los hijos del jefe, faltaría mas 😂
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Nando_bcn

Miembro conocido
la diferencia es superior al 25%? si no supera el 25% no es sancionable
No exactamente. Pero si no es superior a ese porcentaje no es obligatorio justificarlo en el registro retributivo.
Lo determinante es que si trata de un "trabajo de igual valor" y existe una desiguladad retributiva, Si no se puede justificar, podemos encontrarnos con sanciones y reclamaciones por diferencias porcentuales menores, al igual que pueden existir diferencias mayores a ese 25% y que si podemos justificar... no tienen porque tener mas trascendencia
 
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Nando_bcn

Miembro conocido
Hola, estoy preparando el registro de una empresa (es mi primera vez) y me aparece este aviso. Efectivamente con el mismo nivel salarial los hombres cobran un complemento y una retribución salarial superior a la de las mujeres ¿Me podéis decir donde se debe incluir esa justificación? ¿Hay dentro de la hoja un apartado donde se pueda explicar la causa o hay que hacer un informe aparte?
Nota: la justificación es que los dos hombre cobran mas porque son los hijos del jefe, faltaría mas 😂
Ver el archivos adjunto 3754
Entiendo que estás utilizando la herramienta de los Ministerior de Trabajo y de Igualdad. Yo hace más de un año que no las toco, pero entiendo que deberás justificarlo en el propio documento de registro retributivo que elabores, o, mejor aún y si es el caso, en la auditoría retributiva.
Habrá que ver los motivos que justifican ese complemento que unos tienen y otros no y diferencias salariales existentes entre trabajadores teóricamente dle mismo nivel (si se trata de una auditoria retributiva, si se trata de "puestos de igual valor", lo que tiene que estar avalado, a su vez, por una valoracion de puestos de trabajo y conforme a una cierta metodología...), sobre todo si esa diferencia se da entre sexos (y para colmo, desavorable a las mujeres).
El problema no es que la retribución sea diferente, el problema es si estamos contemplando un mismo puesto (o, en su caso, "puestos de igual valor") no podamos justificar objetivamente esas diferencias y que, por tanto, se consideren discriminatorias por razón de sexo.
 

PEDRO

Miembro conocido
Entiendo que estás utilizando la herramienta de los Ministerior de Trabajo y de Igualdad. Yo hace más de un año que no las toco, pero entiendo que deberás justificarlo en el propio documento de registro retributivo que elabores, o, mejor aún y si es el caso, en la auditoría retributiva.
Habrá que ver los motivos que justifican ese complemento que unos tienen y otros no y diferencias salariales existentes entre trabajadores teóricamente dle mismo nivel (si se trata de una auditoria retributiva, si se trata de "puestos de igual valor", lo que tiene que estar avalado, a su vez, por una valoracion de puestos de trabajo y conforme a una cierta metodología...), sobre todo si esa diferencia se da entre sexos (y para colmo, desavorable a las mujeres).
El problema no es que la retribución sea diferente, el problema es si estamos contemplando un mismo puesto (o, en su caso, "puestos de igual valor") no podamos justificar objetivamente esas diferencias y que, por tanto, se consideren discriminatorias por razón de sexo.
Gracias Nando, me ayuda tu respuesta. Es lo de siempre, son los hijos del jefe, y ya sabes cobran mas por eso, por ser hijos y no por saber.
En este caso las dos chicas trabajan en tareas administrativas, que sirva decir que ambas tiene la misma categoría y una cobra mas que otra, pero bueno, hace mas "cositas" que la otra. En tanto que los dos varones, uno nada tiene que ver porque es un jefe de compras, por lo que queda en parte justificado, y el otro también es administrativo, pero hace presupuestos y demás.
Lo que si tambien es que en la media de los importes equiparados la diferencia es poca.
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Nando_bcn

Miembro conocido
Entendí que lo de "por ser hijos del jefe" iba en coña,.

De todas formas, parece que no estamos hablando de puestos equiparables, de igual valor, etc, especialmente en el caso del "Jefe de Compras".
Por lo que sea, entiendo que los has considerado en la misma agrupación. ¿Tienen el mismo grupo/nivel de convenio, del sistema de clasificación profesional de la empresa...?
Es que habría que empezar por eso, si estamos comparando retribución de puestos comparables.
En el caso de administrativos, si el hombre esta realizando funciones de especial cualificación...
Pero, repito, primero hay que ver las agrupaciones de puestos, si incluyen puestos realmente comparables. Y si es el caso, habrá que tratar de objetivizar las diferencias retributivas.
¿No tiene hijas este empresario? 😜

Y, por otro lado, ojo, que aún justificado (porque no son realmente puestos comparables) que no pueda entenderse que existe una discriminación "vertical" (o "techo de cristal) si resulta que todos los puestos de mayor cualificación o valor están ocupados por hombres.
De todas formas, no sé es estamos hablando de una empresa en la que solo hay 4 de plantilla o si se trata, dentro de una plantilla más amplia, de las 4 personas que, por lo que sea, aparecen en la misma agrupación.
 

PEDRO

Miembro conocido
Es verdad, no mentí, son los hijos. Y si el convenio va por niveles, y ya sabes, un nivel es un cajon de sastre, en el va desde un encargado hasta jefe administrativo.
Y si, lo dicho, el nivel es el mismo, lo que pasa es que todos tienen un complemento, el cual si es diferente en su importe y hasta, como digo en las dos mujeres.
Y si, uno es jefe de compras, mientras que ellas llevan la facturación y gestión en la oficina. Y el otro solo hace presupuestos. Entiendo que no tendría porque haber problemas
Gracias
 
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