SANCION Y CONTRATO DISCPACITADO

NOEMI

Miembro conocido
Buenas!!

A ver si habéis tenido el caso o sabéis, le he escrito a la inspectora, pero no se si me va a contestar...

Tengo dos casos:
1.- empresa que tiene un contrato de fomento de empleo de personas con discapacidad ,
2.- empresa que hace mañana un contrato de fomento de personas con discapacidad

Hace unos meses inspeccionaron a las dos empresas y a las dos por lo mismo, contratos que transforman a tiempo completo porque en ambos casos carecen de registros de jornada...

Aparte de la regularización de cuotas de la seguridad social, con el recargo del 20 les impusieron una sanción , en ambos casos , infracción laboral de carácter grave , la empresa realizó el pago y se ha declarado el fin del procedimiento

¿creéis que en el primer caso ya no podemos bonificarnos mas y en el segundo no podemos realizar este contrato?

Mil gracias!!!
 

Arvillena

Miembro activo
Hola Noemi

Salvo mejor opinión de un compañero...va la mía.

Lo primero, vaya faena, creo que en estos tiempos que corren, en estos casos ya solo con la regularización y el recargo valía, porque si la regularización es muy atrás en el tiempo, como la empresa sea pequeña se la lleva por delante. Y eso sin contar que luego uno de esos trabajadores si las cosas van mal pueda reclamar cantidad. En fin...

Respecto a la otra pregunta, yo no veo que puedan perder esa bonificación. No lo veo dentro de los casos de sanciones accesorias del art.46 de la LISOS.

Pero solo es mi opinión. A ver si alguien más puede ayudarte
 

VILA100

Miembro conocido
Pienso igual….
salu2
b) No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no prescritas, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 46.2 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, Texto Refundido aprobado en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
 
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