Se puede hacer un COMPUTO ANUAL de la Base Reguladora en la PRESTACION MATERNAL?

Perplejo

Nuevo miembro
Mi mujer tiene un salario base variable en función de los ingresos de la empresa.

Al solicitar la baja por maternidad debería corresponderle como Base reguladora la cotización del mes de octubre.
Pero al haber tanta diferencia de cotizaciones entre ese mes de octubre y el resto de meses (un 50% menos en ese mes que a mayoría de los meses anteriores) la SSocial le calcula para la base la media de cotizaciones de los últimos 12 meses. El resultado, la prestación es casi el doble de lo que le correspondería tomando sólo el mes de octubre.
Y supongo que para que el señor de la oficina del INSS hiciera eso, tendrá una base legal detrás, no??

Hace una semana llega una carta diciendo que le revisan la prestación, y por ello le computan como Base la del mes de octubre, con la consiguiente reducción del importe.

Como podemos reclamar para que le vuelvan a computar la media anual de las cotizaciones?
¿Que base legal usó el funcionario para aplicarnos ese criterio?

Muchas gracias por su ayuda.
 

Perplejo

Nuevo miembro
Y sin estar a tiempo parcial ??

Ya digo que al solicitar la prestación, el funcionario de la INSS la aprobó usando como cuantía la media de los últimos 12 meses.....

Y supongo que lo haría con algún fundamento legal que le respaldase, no??

¿¿No puede haber una excepción a la regla general del último mes si existe disparidad notoria de cotizaciones en los últimos meses???
 
A

Activo

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El único argumento que podría respaldar al funcionario que hizo la media de los 12 meses es que esas retribuciones variables no tuvieran caracter periódico o que tuviesen una periodicidad en su devengo superior a la mensual.

 

Perplejo

Nuevo miembro
Hola Activo, ¿Y cual es el fundamento legal de esto que me indicas??

Y, perdonadme que insista de nuevo pero ¿no es posible que ante una notoria disparidad entre el ultimo mes cotizado y el resto de meses del año se pueda aplicar el criterio excepcional de la media de los últimos 12 meses??

Pregunto porque el propio funcionario del INSS me dijo que la SS lo solía aplicar cuando eso sucedía ( aunque normalmente en el caso justo inverso, para evitar que la empresa pueda hinchar esa ultima nomina y así el trabajador viera aumentada la cuantía de la prestación)

Muchísimas gracias por vuestra ayuda.

 
A

Activo

Guest
Artículo 13

http://www.seg-social.es/Internet_1/Normativa/095197?ssSourceNodeId=1139

 
A

Activo

Guest
Ahora con un poco más de tiempo, contesto a las otras cuestiones que planteas.

El criterio legal es el que ya he comentado: artículo 13 del Decreto 1646/1972. Ahora bien, si me preguntaras por lo que sería más "justo", "razonable" o "equitativo", puedes tener razón en que con retribuciones variables (estoy pensando en comisiones) podría ser más ajustado tomar un promedio (aunque tampoco siempre ni en todos los casos), pero la norma es la norma, y no parece admitir excepciones.

El hecho de que la Seguridad Social (y también las mutuas) empleen esos otros criterios (a conveniencia, como bien te has encargado tú mismo de reflejar), no deja de ser una práctica basada únicamente en la mera presunción de fraude que en algunos (muchos o pocos) casos puede llevar razón, pero que no deja de ser eso: una presunción, además realizada por parte interesada, y que, llegado el caso, debería ser probada en el juzgado de lo social.
 
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