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Fernando, lo de los 500 euros/año es respecto al seguro médico.
Un seguro de accidentes pagado por la empresa (tomador) y que tiene como asegurado al trabajador en principio está exento de tributar y de cotizar (por tener la consideracion de "asigancion asistencial", sin límite.
Un seguro de vida en principio esta exento de cotizar pero sí tribta.
Gracias a los dos, estuve mirándolo y parece ser que lo que Nando_bcn es así, pero tendría que ser un seguro de accidentes de trabajo, si el seguro es de todo tipo de accidentes tributa pero no cotiza.
Las primas de seguro, excepto de AT y responsabilidad civil, si es una concesión voluntaria de la empresa, cotizan por el exceso del 20% IPREM creo recordar.
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