Seguro de Asistencia Sanitaria contratado por Empresa

Espi69

Nuevo miembro
Buenos días, en mi empresa han ofrecido contratar un seguro de asistencia sanitaria. Estoy un poco liada, ya que la póliza estaría a nombre de la Empresa y lo tendría que repercutir descontando de su salario a los trabajadores que quieran adherirse a la misma, por favor, alguien me puede indicar, ¿como lo tengo que incluir en nómina, cotiza, tributa? Muchas gracias. Saludos.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Entiendo que se trata de un concepto dentro de un programa de retribución flexible o "a la carta" (una parte del salario dinerario es sustituída por conceptos en especie por las ventajas fiscales que ello puede suponer, puesto ha se hablamos de conceptos total o parcialmente extentos).

En primer lugar es importante configurarlo como ha hecho la empresa, es decir, ella es la tomadora de la póliza, es la que contrata el seguro, de forma que, ante la mutua, la empresa es la única obligada al pago, siendo los beneficiarios los empleados (o también los hijos y cónyuges de éstos).
Si el tomador fuera el empleado, la empresa solo haría una mediación de pago, y ya dejaría de estar exento. Con más motivo si la empresa se limita a reembolsar en nómina el importe pagado directamente a la mutua por el empleado (para Hacienda eso es un concepto dinerario).

Hemos de pensar que en el caso de seguro médico contratado por la empresa y cuyos beneficiaios son sus empleados, cónyuges e hijos, está exento de tributación hasta el límite de 500€/año de prima.
De hecho, también está exento de cotización y con ese mismo importe, pero con el matiz de que si estamos hablando de un sistema como el comentado, de "retribución flexible", de forma que la empresa acaba repercutiendo el importe de la prima a cargo del salario bruto del trabajador, en ese caso, para la Seguridad Social deja de estar exento. Bueno, o no debe afectar las bases de cotización, que es lo mismo que decir que no está exento (o le das a este concepto un tratamiento como no exento de cotización, o creas un concepto sin  cobro, pero que incremente la base por ese mismo importe. El objetivo, repito, es que la base de cotizacion siga siendo la misma que sería sin ese seguro médico pagado por la empresa.

Respecto al tratamiento en nómina, a la hora de repercutirlo al trabajador, recuerda que se trata de un descuento en su bruto (normalmente de la mejora voluntaria, en principio no debería afectar a los importes de los conceptos definidos por covenio). El impacto final en su líquido siempre será más bajo (salvo que su retención se 0).

En definitiva, el ahorro está en el IRPF, y de forma definitiva lo será por el marginal del impuesto que le sea aplicado al trabajador (que normalmente será bastante más alto que el porcentaje de retención, que será el resultado meramente aparente y provisional que quedará reflejado en nómina. Pensemos que estamos bajando la base del impuesto.).

Saludos

 
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