SEGURO OBLIGATORIO CONVENIO COLECTIVO

Marina22

Nuevo miembro
Buenos días, me he inscrito a este foro para ver si alguien me puede ayudar.

Los trabajadores de mi empresa tienen pactado el sueldo en bruto (como es lo normal), y desde que tenemos el seguro obligatorio por convenio, que se considera salario en especie y tributa a IRPF, han visto una disminución en el salario neto.

Yo estoy de acuerdo con su queja, no veo correcto que les afecte en su salario bruto y por ende el neto un seguro que se lo hemos "impuesto" obligatoriamente. Deberíamos recalcular su salario bruto para que no les afecte en el neto? es obligatorio por parte de la empresa recalcularlo? porque yo tengo entendido que el sueldo bruto se pacta teniendo en cuenta la SS y el IRPF...

Muchas gracias,
 

Marina22

Nuevo miembro
Salvo mejor opinión dicho seguro de accidentes no es retribución en especie y no esta sujeto a irpf.
Es que no es un seguro de accidentes, es un seguro de vida que cubre la salud tanto laboral como personal, por eso es considerado retribución en especie. Hay algunos convenios que obligan a la empresa a hacer este tipo de seguro de vida, como es nuestro caso.
 

Darmody

Miembro activo
Si es un seguro de accidentes obligatorio por convenio, no tributa pero sí cotiza. En el caso que comentas, si es un seguro de vida, yo sí lo consideraría ret. en especie con las retenciones de IRPF y descuentos de cotización correspondientes. Si les afecta al bruto, son las reglas del juego. En realidad están recibiendo un bien de la empresa que les cubre en lo personal.
 

Marina22

Nuevo miembro
Si es un seguro de accidentes obligatorio por convenio, no tributa pero sí cotiza. En el caso que comentas, si es un seguro de vida, yo sí lo consideraría ret. en especie con las retenciones de IRPF y descuentos de cotización correspondientes. Si les afecta al bruto, son las reglas del juego. En realidad están recibiendo un bien de la empresa que les cubre en lo personal.
Sí pero lo están recibiendo obligatoriamente, es decir, no tienen opción. podrían rechazar el seguro?
 

cwarrand

Miembro
Es que no es un seguro de accidentes, es un seguro de vida que cubre la salud tanto laboral como personal, por eso es considerado retribución en especie. Hay algunos convenios que obligan a la empresa a hacer este tipo de seguro de vida, como es nuestro caso.
Bueno como decías seguro de convenio... Si es seguro de vida nominal pactado en el CC es retribución en especie que cotiza y tributa. Salvo mejor opinión.
 

AlbaT

Miembro
Buenos días,
tenemos una empresa que se dedica al tema de los seguros y quiere ofrecer a su trabajadores como beneficio en especie un seguro de hogar que paga al 50%. La prima total del seguro mensual es 8,24 ( la empresa paga 4,12 y el trabajador otros 4,12). Segun la normativa al ser un producto que ofrece la empresa solo se puede aplicar el 15% de exención de IRPF pero esto lo tenemos que aplicar sobre la prima total o solo sobre lo que paga la empresa?

gracias de antemano.
 
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