Semestre natural

Bruma

Miembro activo
Buenos días.

Algunos os acordaréis de la subvención de 1.500 euros que ofreció la Generalitat Valenciana cuanto el estado de alarma a los autónomos que cumplieran este requisito:

"Haber suspendido la actividad como consecuencia de la declaración del estado de alarma o, en caso de mantener la actividad, haber reducido la facturación correspondiente al mes anterior a la solicitud de la ayuda en, al menos, un 75 por ciento respecto del promedio facturado en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma."

Siendo que la ayuda se solicitaba en abril, por lo tanto el mes anterior en que se debería haber reducido la facturación sería marzo, cuando habla de "semestre natural" ¿Entendéis que se refiere al segundo semestre de 2019 o a los 6 meses previos a marzo, es decir, de septiembre 2019 a febrero 2020? Nunca lo tuve muy claro, pero tengo que hacer referencia al periodo concreto de referencia en la contestación a la reclamación que le hacen a un beneficiario de la subvención.

¿Habéis tenido alguna aclaración sobre esto?

Gracias.
 

Mafaldasur2

Miembro activo
Por entender, entiendo los 6 meses (naturales, no fiscales en plan 1er y 2ºsemestre del ejercicio) justo anteriores.
saludos y feliz 2023 a tod@s y eso!
 

Bruma

Miembro activo
Yo también lo entendí así en su momento, pero me han surgido las dudas. De momento he actuado como si del segundo semestre de 2019 se tratara, porque no veo que puedan saber si se cumplieron o no los requisitos de facturación en periodos distintos de los trimestres fiscales, dado que la información que existe en la Aeat no revela la facturación mensual, solo la trimestral o anual.

Pero gracias por la molestia.
 
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