SMAC

Val-2005

Miembro
Buenas tardes compañeros.

Mañana tengo un acto de conciliación y la verdad me pilla un poco oxidado ya que normalmente no llegamos a conciliación y nos lo lleva directamente un abogado, pero esta vez voy a ir yo y tengo una duda. La empresa va a llevar un cheque nominativo para pagarle el finiquito al trabajador ya que en su día no quiso firmarlo, y la duda me viene en si debemos reflejar en el acta de conciliación (aunque ya se que no vamos a conciliar) que se le hace entrega del cheque con numeración XXXXXXXXX por el abono del finiquito o simplemente con que me firme el finqiutio y le entregue el cheque sin hacer mención de ello en el acta.
¿que me recomendais? Comentaros que en la papeleta de demanda solo se reclama contra el despido sin entrar a pedir cantidad alguna.
 

Mr. White

Miembro activo
Bueno, si no guarda relación con la reclamación (en este caso hablamos de despido y se quiere reseñar que se entrega un finiquito) en Madrid, por ejemplo, no ponen nada en el Acta, que no son Notarios, te dicen, y además les quitas tiempo para café, cigarrillo y váter.
 

martel

Miembro
Puedes poner en el Acta lo que se considere, yo siempre lo pongo, nº talón y banco del talón...nunca me han puesto pegas, es más ellos mismos al redactar el Acta suelen indicar el tipo de pago y se suelen quedar con una copia del talón para su expediente...claro que yo trabajo en Tenerife 8)
 

Mr. White

Miembro activo
Hombre, Martel, se pondrá en el acta todo aquello que tengo que ver con la conciliación, que no es un tablón de anuncios.

Y es que dudo bastante que si la conciliación es por despido - no por cantidad-, y no hay acuerdo (sobre el despido, que es el objeto de conciliación), en el acta de conciliación se vaya a poner que no hay aveniencia en el despido, pero que aprovechando el folio que se queda la mitad en blanco, y como el conciliador no tiene nada que hacer en toda la mañana, se señala que la empresa entrega un cheque para pagar el finiquito con el núm. XXXXXX y suave fragancia de banquero.

Y es que nada tiene que ver con la conciliación que se celebra, y el conciliador no es un notario.
 

martel

Miembro
HOMBRE.....me refiero al tipo de pago y como queda reflejado en acta, que es lo que preguntaba.....simplemente y claramente...
 

Mr. White

Miembro activo
Martel, es una conciliación por despido, no por cantidad, y consulta sobre reflejar el abono de finiquito en el acta, abono que no es objeto de conciliación.

Si el abono tuviera relación con la conciliación por supuesto es como dices.

 

martel

Miembro
OK...finiquito....pensaba sólo en la "Indemnización" y si ya estaba conciliado y pasaban a redactar el Acta.
Gracias Mr. White
 
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