Buenas tardes,
Me surge la duda de como proceder con los convenios colectivos cuyo salario base está por debajo del SMI, pero que tienen 3 pagas extraordinarias en lugar de dos.
¿Se deben actualizar las 3 pagas extra a razón de 900 , o solo las dos habituales?
¿El importe de la 3º paga puede compensar el incremento de SMI? (por ejemplo, SB 775 /mes, con 3 pagas. Si adaptamos a SMI, quedan 900 x 15 = 13.500 , que está por encima del SMI anual).
Saludos
Me surge la duda de como proceder con los convenios colectivos cuyo salario base está por debajo del SMI, pero que tienen 3 pagas extraordinarias en lugar de dos.
¿Se deben actualizar las 3 pagas extra a razón de 900 , o solo las dos habituales?
¿El importe de la 3º paga puede compensar el incremento de SMI? (por ejemplo, SB 775 /mes, con 3 pagas. Si adaptamos a SMI, quedan 900 x 15 = 13.500 , que está por encima del SMI anual).
Saludos