Sobre el subsidio para mayores de 55 años

depaula

Nuevo miembro
Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad  y promover el envejecimiento activo, cuando el nacimiento del derecho a este subsidio sea a partir de 17 de marzo de 2013, aunque el solicitante carezca de rentas, si tiene cónyuge y/o hijos menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos, únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la componen no supere el 75% del salario mínimo interprofesional  excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

A ver si lo estoy entendiendo bien, ¿esto es para cuando el conyuge o hijo convive con el solicitante no?
 
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