Buenas tardes:
De nuevo tema sobre tarifa plana.
A ver si me podeis comentar si mi razonamiento está bien.
Empresa que contrata en febrero a tres trabajadores indefinidos y a jornada completa acogiéndose a la tarifa plana de los tres.
Me informa que el proximo dia 10 de septiembre va a despedir a uno de estos trabajadores (despido improcedente) y al dia siguiente dar de alta a otra trabajadora, también indefinida, con una categoria profesional totalmente diferente a la del trabajador que quiere despedir.
Mi razonamiento:
Primero: Deberá ingresar en S.Social lo ahorrado por tarifa plana de este trabajador desde Febrero a Septiembre (fecha despido) en el momento que se lo requiera la S.Social ¿ es necesario que la empresa lo comunique a la S.Social?
Segundo: La nueva trabajadora que va a contratar, será indefinida pero sin ningún tipo de bonificación, ya que no va a suponer ningun tipo de incremento en la plantilla de la empresa.
Tercero: La reducción por tarifa plana de los otros dos trabajadores seguirá en vigor, ya que se sigue manteniendo la media de trabajadores ( el que se despide, se sustituye al día siguiente por otra trabajadora indefinida: siguen existiendo tres trabajadores de media en la empresa)
Pensais que este razonamiento es correcto?. Una duda, ahora mismo, la normativa de tarifa plana obliga a mantener la plantilla de la empresa, pero no al trabajador en concreto, ¿no?.
Que lio, madre mia.......gracias por vuestra ayuda
De nuevo tema sobre tarifa plana.
A ver si me podeis comentar si mi razonamiento está bien.
Empresa que contrata en febrero a tres trabajadores indefinidos y a jornada completa acogiéndose a la tarifa plana de los tres.
Me informa que el proximo dia 10 de septiembre va a despedir a uno de estos trabajadores (despido improcedente) y al dia siguiente dar de alta a otra trabajadora, también indefinida, con una categoria profesional totalmente diferente a la del trabajador que quiere despedir.
Mi razonamiento:
Primero: Deberá ingresar en S.Social lo ahorrado por tarifa plana de este trabajador desde Febrero a Septiembre (fecha despido) en el momento que se lo requiera la S.Social ¿ es necesario que la empresa lo comunique a la S.Social?
Segundo: La nueva trabajadora que va a contratar, será indefinida pero sin ningún tipo de bonificación, ya que no va a suponer ningun tipo de incremento en la plantilla de la empresa.
Tercero: La reducción por tarifa plana de los otros dos trabajadores seguirá en vigor, ya que se sigue manteniendo la media de trabajadores ( el que se despide, se sustituye al día siguiente por otra trabajadora indefinida: siguen existiendo tres trabajadores de media en la empresa)
Pensais que este razonamiento es correcto?. Una duda, ahora mismo, la normativa de tarifa plana obliga a mantener la plantilla de la empresa, pero no al trabajador en concreto, ¿no?.
Que lio, madre mia.......gracias por vuestra ayuda