SOCIEDAD CIVIL PRIVADA

MICA

Miembro activo
Pregunta, igual ya me planteo la respuesta... pero no está de más segundas opiniones. SCP que cuenta con 2 socios, ambos cónyuges, ella con el 95% y él 5% de capital. Sólo capitalista, no van a trabajar, sin embargo tendrán trabajadores, es necesario que alguno de los dos este dado de alta en RETA?

¿Puede, por ejemplo, su hija asumir las funciones propias de la dirección del negocio y estar de alta en RG?
 

Cachilipox

Miembro conocido
Dado que una SCP no tiene personalidad jurídica propia y diferenciada de sus socios, la relación entre los padres y la hija sigue siendo eso, una relación intrafamiliar. Haya o no haya SCP mediante.

Ser socios de una SCP solo a título de capitalistas, sin desempeñar función alguna ni desarrollar trabajo, no implica encuadramiento en la SS.

Si la persona que va a trabajar resulta ser la única persona que desarrolla la actividad, resulta de facto ser una verdadera socia industrial, aunque su participación en el capital social sea del 0 %.

Los socios industriales, así como los capitalistas que participen "con trabajo" en la actividad ordinaria, deben encuadrarse en RETA.

A diferencia de las sociedades mercantiles, donde puede existir la figura del administrador no encuadrado, y por tanto tener una sociedad sin un RETA delante, en las sociedades civiles eso no es posible. Si se desarrolla una actividad, "alguien" debe estar desarrollando eso, y ese alguien siempre ejercerá por cuenta propia.

A diferencia de las sociedades mercantiles, donde la cualidad de socio implica necesariamente la propiedad de una parte alícuota del capital social, en una sociedad civil pueden existir socios sin absolutamente ninguna participación en el capital social (socios meramente industriales).
 

MICA

Miembro activo
Dado que una SCP no tiene personalidad jurídica propia y diferenciada de sus socios, la relación entre los padres y la hija sigue siendo eso, una relación intrafamiliar. Haya o no haya SCP mediante.

Ser socios de una SCP solo a título de capitalistas, sin desempeñar función alguna ni desarrollar trabajo, no implica encuadramiento en la SS.

Si la persona que va a trabajar resulta ser la única persona que desarrolla la actividad, resulta de facto ser una verdadera socia industrial, aunque su participación en el capital social sea del 0 %.

Los socios industriales, así como los capitalistas que participen "con trabajo" en la actividad ordinaria, deben encuadrarse en RETA.

A diferencia de las sociedades mercantiles, donde puede existir la figura del administrador no encuadrado, y por tanto tener una sociedad sin un RETA delante, en las sociedades civiles eso no es posible. Si se desarrolla una actividad, "alguien" debe estar desarrollando eso, y ese alguien siempre ejercerá por cuenta propia.

A diferencia de las sociedades mercantiles, donde la cualidad de socio implica necesariamente la propiedad de una parte alícuota del capital social, en una sociedad civil pueden existir socios sin absolutamente ninguna participación en el capital social (socios meramente industriales).

Gracias por la respuesta Cachilipox. Y sí no hubiera vinculación familiar alguna entre los socios capitalistas y una persona externa se hiciera "cargo" del negocio?

Entiendo que ocurriría lo mismo, debería ejercer por cuenta propia?
 
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