Dado que una SCP no tiene personalidad jurídica propia y diferenciada de sus socios, la relación entre los padres y la hija sigue siendo eso, una relación intrafamiliar. Haya o no haya SCP mediante.
Ser socios de una SCP solo a título de capitalistas, sin desempeñar función alguna ni desarrollar trabajo, no implica encuadramiento en la SS.
Si la persona que va a trabajar resulta ser la única persona que desarrolla la actividad, resulta de facto ser una verdadera socia industrial, aunque su participación en el capital social sea del 0 %.
Los socios industriales, así como los capitalistas que participen "con trabajo" en la actividad ordinaria, deben encuadrarse en RETA.
A diferencia de las sociedades mercantiles, donde puede existir la figura del administrador no encuadrado, y por tanto tener una sociedad sin un RETA delante, en las sociedades civiles eso no es posible. Si se desarrolla una actividad, "alguien" debe estar desarrollando eso, y ese alguien siempre ejercerá por cuenta propia.
A diferencia de las sociedades mercantiles, donde la cualidad de socio implica necesariamente la propiedad de una parte alícuota del capital social, en una sociedad civil pueden existir socios sin absolutamente ninguna participación en el capital social (socios meramente industriales).