Sociedad inactiva- factura con retención

Carlos80

Miembro
Un cliente tiene una sociedad limitada ya inactiva hace 3 años. En el 2024 obtuvo el dni español, antes tenía un NIE. Al mandar el depósito de las cuentas anuales
hemos recibido una notificación para hacerle una subsanación al mandarlo con el nie y no con el dni. Ya lo ha subsanado en el R.Mercantil, todo correcto,

PERO ahora me manda el cliente la factura de R.Mercantil por esa gestión y veo en la factura que lleva retención. Si esta inactiva no puede mandar trimestrales.
¿Qué se hace en estos casos?

Gracias.
 

DANI ML

Miembro conocido
Dar de alta el 036 pero no dando de alta la actividad, sino indicando que se satisfacen rendimientos de actividades económicas (modelo 111). Darlo de baja acto seguido, y a presentar 111 y 190
 

José2022

Miembro activo
Si haces el modelo 111, porque tienes una factura con retención, igual no hace falta dar el alta en el 036. Me explico:
Si la sociedad esta inactiva y solo tienes una factura que lleva retención, yo haría el modelo 111, lo presento , se paga la retención y luego en enero 2026 hago el modelo 190. Al ser un caso tan especial en este caso yo ni le daría de alta

No sé que opinan los compañeros
 

DANI ML

Miembro conocido
Si haces el modelo 111, porque tienes una factura con retención, igual no hace falta dar el alta en el 036. Me explico:
Si la sociedad esta inactiva y solo tienes una factura que lleva retención, yo haría el modelo 111, lo presento , se paga la retención y luego en enero 2026 hago el modelo 190. Al ser un caso tan especial en este caso yo ni le daría de alta

No sé que opinan los compañeros
Lo más probable es que no ocurriera nada. Pero podría pasar que que recibiera una carta relativa a incidencias censales, en plan ¿por qué presentas modelo 111 si no consta que tengas obligación de hacerlo?
 

luca2020

Miembro
y esa factura llevará IVA, ¿ese iva soportado no se puede hacer el modelo 303 y pedir esa cantidad al estar la sociedad inactiva?
¿La empresa se come ese iva entonces? ¿y como lo contabilizais para quitar la cuenta 472?
 

DANI ML

Miembro conocido
Yo no haría eso por la misma razón por la que nunca haría puenting.... ¡no soy tan valiente! El IVA lo contabilizaría como mayor valor del gasto y ya está (sin 472)
Pero si tú lo eres, adelante. Pero pregúntate esto: ¿qué tiene más valor: el importe de ese IVA y que el cliente puede recuperar, o tu trabajo de darlo de alta en el 036 la actividad económica, la obligación de presentar IVA, luego cursar la baja de todo eso, presentar modelo 303 y 390....)?
 

luca2020

Miembro
gracias Dani. Tenía claro que no lo iba a contabilizar. Solo pregunté por si se podía hacer lo de darle de alta en la actividad económica para hacer el modelo 303.

Pero esta claro que no merece la pena.
 
Arriba