Sociedades de "mera administración del patrimonio de los socios".

Elena-Z

Miembro conocido
Art 306.2 LGSS. Una de las excepciones de obligación de alta en RETA del administrador de una SL. Que sea una SL cuyo objeto social sea la "mera administración del patrimonio de los socios".

Y a mi leyendo leyendo, igual es que soy retorcida, pienso...

SL propietaria de por ejemplo cuatro pisos, los alquila y tal. Sin empleados ni nada, sólo el administrador. Eso no es actividad económica, pero claro, esos pisos no son de los socios, sino de la sociedad. ¿Es este el caso que quiere describir el art 306.2?

¿O tenemos que crear una Sl para que administre las propiedades de los socios a nombre de los socios? Porque no le veo la utilidad, en ese caso. Lo útil, lo práctico, lo interesante, es que los inmuebles estén a nombre de una Sl que los administre...

¿Cómo lo veis vosotros? ¿Cómo aplicais este artículo? ¿no dais de alta al administrador en RETA?

Y ya rizando el rizo... ¿alguna experiencia con TGSS o ITSS?
 

FIRMAMENTO

Miembro activo
Art 306.2 LGSS. Una de las excepciones de obligación de alta en RETA del administrador de una SL. Que sea una SL cuyo objeto social sea la "mera administración del patrimonio de los socios".

Y a mi leyendo leyendo, igual es que soy retorcida, pienso...

SL propietaria de por ejemplo cuatro pisos, los alquila y tal. Sin empleados ni nada, sólo el administrador. Eso no es actividad económica, pero claro, esos pisos no son de los socios, sino de la sociedad. ¿Es este el caso que quiere describir el art 306.2?

¿O tenemos que crear una Sl para que administre las propiedades de los socios a nombre de los socios? Porque no le veo la utilidad, en ese caso. Lo útil, lo práctico, lo interesante, es que los inmuebles estén a nombre de una Sl que los administre...

¿Cómo lo veis vosotros? ¿Cómo aplicais este artículo? ¿no dais de alta al administrador en RETA?

Y ya rizando el rizo... ¿alguna experiencia con TGSS o ITSS?
Yo tengo una sociedad con 3 propiedades que las tiene alquiladas y son los únicos ingresos de la sociedad. No tiene a nadie de alta en régimen general, ni en RETA al administrador. A veces reparten dividendos a los socios. Pero siempre me entra el "canguelis" con esto.
 

Elena-Z

Miembro conocido
Yo tengo una sociedad con 3 propiedades que las tiene alquiladas y son los únicos ingresos de la sociedad. No tiene a nadie de alta en régimen general, ni en RETA al administrador. A veces reparten dividendos a los socios. Pero siempre me entra el "canguelis" con esto.
Pues ya somos dos. ¿Tiene el objeto social tal cual el art 306?
 

Elena-Z

Miembro conocido
Este es otro tema, que como el art 306.2 define un objeto social tan concreto...

¿Algún compañero más con experiencia en este tema? Es que en TGSS cada vez que pregunto me dicen una cosa...
 
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