Socio único trabajador nómina o factura

Naxara

Nuevo miembro
Buenos días,
Tengo una duda:
Una sociedad que se dedica a la construcción de maquinaria con un socio y administrador único, y además es el trabajador que realiza la actividad empresarial. Para cobrar sus servicios como trabajador (no como administrador, cargo gratuito) lo puede hacer mediante nómina o tendría que darse de alta en IAE y presentar modelos 130 al ser una actividad empresarial no profesional?

Gracias y un saludo
 

DANI ML

Miembro conocido
Totalmente de acuerdo
La clave está en si el epígrafe de IAE en que hipotéticamente estaría la SL si la actividad la desarrollara una persona física, sería empresarial o profesional.
Si es empresarial, nómina
 

Naxara

Nuevo miembro
Retomo este tema.
Si el socio/administrador/trabajador prefiere darse de alta en IAE como ingeniero industrial (actividad profesional) para cobrar sus rendimiento en lugar de nómina, es posible? O es obligatorio que se haga a través de la nómina?
 

DANI ML

Miembro conocido
La cuestión es si la actividad de la empresa es esa.
Si la empresa tiene actividad empresarial, no lo veo
 

Naxara

Nuevo miembro
Sí, la empresa tiene actividad empresarial (construcción de maquinaria)
Pero el socio prefiere facturar, se podría de alguna manera(como profesional o como empresarial)?
O solo se puede si o si por nómina?
 

Sergei

Miembro conocido
Que el socio prefiera una cosa u otra es indiferente. Se tiene que ver la naturaleza de la retribución, si el socio realiza cada mes nuevos diseños de maquinas y factura por ellos podría caber. Si lo que hace es simplemente fabricar, no veo la actividad profesional por ninguna parte.
 

Naxara

Nuevo miembro
Sí, la factura sería por eso. No facturaría todos los meses solo por los diseños de maquinas que realice.
Se podría tener nómina por el resto de trabajos y factura solo por los diseños?
 

Sergei

Miembro conocido
Buenos días
A hilo de retribución de socios y dado el criterio del Tribunal supremo, vais a cambiar el enfoque de retribuciones?
No me he leído con detalle las sentencias (me lo dejo para la vuelta de vacaciones) pero parece dejar vía libre a normalizar las nóminas de los socios sean o no actividades profesionales, evitando así tener que facturar los que tengan actividad profesional.
 
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